Decreto 4975 de 2009 – Emergencia Social

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 Artículo 1º. Con el fin de conjurar la situación de urgencia a la que se hace referencia en la parte motiva del presente Decreto e impedir la extensión de sus efectos, declárese el estado de emergencia social en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de esta declaratoria.

Decreto 4975 de 2009 -emergencia social

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