Fija a partir del primero (1°) de enero de 2011, como Salario Mínimo Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural, la suma de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS ($ 532.500) moneda corriente.
Decreto 4834 de 2010 – Salario Minimo 2011.