Minsalud propone marco para el consentimiento informado infantil

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En el Ministerio de Salud cursa un proyecto de resolución que contiene las indicaciones para garantizar el consentimiento informado infantil y de adolescentEs. La medida busca adoptar un enfoque de derechos humanos, género, diferencial étnico, curso de vida, discapacidad, territorial, y bajo la comprensión del marco de los derechos individuales y colectivos.

De acuerdo con lo anterior, los lineamientos serían de obligatorio cumplimiento para las secretarías de salud en todos los niveles territoriales, las EPS, las entidades que administran planes voluntarios de salud, las entidades adaptadas y aquellas bajo los regímenes especiales y de excepción estarán obligadas a cumplir con las nuevas disposiciones. Estas medidas también aplican a los prestadores de servicios de salud y a las entidades responsables de acciones de promoción, prevención y atención, incluyendo el diagnóstico, tratamiento, cuidados paliativos y la garantía de una muerte digna. Todo ello enmarcado en un enfoque de atención integral y coordinada en salud.

Como el enfoque del proyecto de resolución es el consentimiento informado, se entenderá a la toma de decisiones como “el proceso colaborativo entre el paciente, familiares y personal de salud, para tomar decisiones de manera conjunta; guiados a través de la evidencia científica disponible y los valores, metas y preferencias del paciente. Para el caso de la toma de decisiones compartidas con los niños, niñas y adolescentes, estos deben estar incluidos en el proceso de información, comunicación y la toma de decisiones, promoviendo las opciones que respondan al mejor interés del niño, niña o adolescente”.

Autonomía progresiva y contextual para el consentimiento informado de los niños y niñas:

Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud deberán garantizar que sus profesionales incluyan a niños, niñas y adolescentes en la toma de decisiones médicas mediante el asentimiento pediátrico y el consentimiento informado. Este proceso debe considerar: (i) la autonomía progresiva y contextual del menor, (ii) el tipo de procedimiento médico y su indicación, (iii) los riesgos y posibles consecuencias para su desarrollo integral, y (iv) las condiciones específicas que influyen en su crecimiento y bienestar. Para ello, el Ministerio de Salud establece una serie de acciones, entre las que se destacan:

  • Si la niña, niño, o adolescente no cuenta con habilidades para la toma de decisiones en salud, y no pude recibir información ni participar en la toma de decisiones serán sus representantes legales quienes deberán emitir el consentimiento informado, por medio del consentimiento sustituto, teniendo en cuenta su condición de salud hacia el futuro, buscando que estas no limiten la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad a través de decisiones irreversibles que puedan afectar su salud física o mental, así como su aspecto físico o su imagen corporal.
  • Si la niña, niño, o adolescente cursa con una condición clínica que impide el ejercicio de autonomía progresiva y contextual, serán sus representantes legales quienes deberán emitir el consentimiento informado, por medio del consentimiento sustituto; y en los casos de emergencia donde la situación amerite una intervención inmediata el médico podrá intervenir al paciente sin el consentimiento o asentimiento. La decisión deberá siempre ser ponderada frente al mejor interés del menor de edad.
  • Frente a actos asistenciales de bajo riesgo, niñas, niños y adolescentes podrán asumir la responsabilidad en la toma de decisiones, sin que esto demande niveles significativos en la autonomía progresiva y contextual, de esta manera se reconoce la posibilidad de emitir una decisión frente al acto asistencial a realizar.
  • Respecto de actos asistenciales de mediano riesgo, la autonomía progresiva y contextual, debe enfocarse desde factores asociados al desarrollo cognitivo, a su desarrollo emocional, al entorno y la experiencia vital, incluyendo experiencias previas con la salud y enfermedad, así como de la identificación de habilidades para la toma de decisiones y de comprender el alcance y la naturaleza de la decisión para que puedan asumir la responsabilidad de la decisión.

Por otra parte, los actores del sistema de salud y miembros del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, dentro de sus competencias relacionadas con la promoción y prevención de la salud en niños, niñas y adolescentes, llevarán a cabo el proceso de implementación y divulgación de las directrices sobre el consentimiento informado infantil. Para ello, tendrán que ejecutar una serie de estrategias centradas en la toma de decisiones. Varias de las propuestas por el Ministerio de Salud son:

  • Promover espacios de participación de niñas niños y adolescentes que les permitan expresar sus opiniones, experiencias, así como proponer y sugerir ajustes en la planificación y programación de servicios destinados, a garantizar el derecho a la salud, y en los diferentes entornos de vida donde crecen y se desarrollan.
  • Promover el desarrollo procesos de fortalecimiento de capacidades dirigido al talento humano en salud de los prestadores de servicios de salud, así como al personal administrativo, sobre derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, igualdad no discriminación, garantía del derecho a la información, la participación en la toma de decisiones en salud y el ejercicio de la autonomía progresiva y contextual de niños niñas y adolescentes.
  • Los prestadores de servicios de salud deberán generar o adecuar los sistemas de registro en el acceso al servicio de salud, que permitan a niñas, niños y adolescentes presentar de forma directa su registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad, y relacionarla con el número de documento de sus representantes legales de quienes sean beneficiarios, sin que se exija a niñas, niños y adolescentes el conocimiento de tal información.
  • Disponer por parte del prestador de servicios de salud con talento humano en salud y administrativo con habilidades y competencias para interactuar con niñas, niños y adolescentes.

Consentimiento informado infantil y activación de la ruta de violencias:

El personal de salud, además de garantizar el acceso a los servicios, tiene la responsabilidad de prestar atención especial a las condiciones particulares de niñas, niños y adolescentes, considerando los riesgos de violencia asociados a factores como edad, género o discapacidad. Esto implica coordinar medidas con otros sectores para prevenir la violencia, adoptar medidas de protección en casos donde los derechos estén siendo vulnerados y garantizar la continuidad en el acceso a los servicios necesarios.

Asimismo, cuando se sospeche de violencia, los prestadores de salud deben articular con la Fiscalía General de la Nación, la Policía de Infancia y Adolescencia y el ICBF para implementar medidas que aseguren justicia, protección y la atención integral de los menores. Estas acciones buscan no solo atender las situaciones actuales, sino prevenir su repetición y asegurar la seguridad y bienestar de los afectados.

Conozca el proyecto de resolución sobre el consentimiento informado de niños y niñas:

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