Circular Externa 057 de 2009 – Reforma la Circular Unica de la SNS

Compartir noticia:

Escucha esta noticia

Cargando audio...

La Superintendencia Nacional de Salud agrupa las adiciones, modificaciones y exclusiones de la Circular Única 047 de 2007, modificada por las circulares 48, 49, 50, 51 y 52 de 2008. Establece por ejemplo que el primer envío de reporte obligatorio para EPS y EOC relacionado con la Res 3173 de 2009, será en enero de 2010; Aclara que las EAPB no pueden aplicar como sanción a los usuarios el bloqueo en la prestación de los servicios; Es responsabilidad de las Entidades Departamentales y distritales de Salud reportar las novedades del Registro Especial de Prestadores de Salud con carácter trimestral; Sobre las instituciones obligadas a reportar se aclara: Las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud IPS y los Servicios de Transporte Especial de Pacientes están obligadas a reportar información, de calidad, financiera y contable a la Superintendencia Nacional de Salud. Finalmente se derogan las circulares 055 y 056.

 

 Circular Externa 057 de 2009 – Modifica Circular Unica Supersalud (825.42 kB)

desktop_banner_campaña_1_post-preventa_CNS_2026_03

 

 

 

desktop_1000sillas_junio_02

Compartir noticia:

Temas relacionados

suscríbete-consultorsalud-2023 (opt)

Recibe actualizaciones del sector salud directamente en tu correo electrónico.

RELACIONADAS

Otras noticias para ti

¡Gracias por suscribirte!

Desde ya haces parte de la familia de CONSULTORSALUD,  por favor revisa tu bandeja de correo electrónico, te hemos enviado un mensaje de bienvenida.
Preinscríbete y recibe información ampliada
XXI Congreso Nacional de Salud

¡Gracias por Registrarte!

Hemos recibido tus datos, por favor revisa tu correo electrónico, donde te enviaremos información ampliada sobre el evento.