Asignación al Sistema General de Participaciones (SGP): Resolución 139 de 2023

Asignación al Sistema General de Participaciones (SGP) Resolución 139 de 2023
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El Ministerio de Salud ha publicado la Resolución 139 de 2023, en la que establece la asignación presupuestal para el Sistema General de Participaciones (SGP). Recordemos que este mecanismo tiene los siguientes componentes: i) Aseguramiento en Salud de los afiliados del Régimen Subsidiado y, ii) Salud Pública y Subsidio a la Oferta; éste divido en acciones en salud pública y subsidio a la oferta.

Además, de acuerdo con el documento”Distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones SGP-72-2023″, del 2 de enero de 2023, efectuó una distribución por valor de $1.149.938.569.086 (un billón ciento cuarenta y nueve mil novecientos treinta y ocho millones quinientos sesenta y nueve mil ochenta y seis pesos), para cofinanciar el aseguramiento en salud de los afiliados al régimen subsidiado, las acciones de salud pública y el subsidio a la oferta.

Sobre estos recursos, de acuerdo con la legislación vigente, pueden hacerse desagregaciones presupuestales o asignaciones internas de apropiaciones en el presupuesto de ingresos y gastos sin cambiar su destinación.

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Recursos del Sistema General de Participaciones para el régimen subsidiado

De acuerdo con la Resolución 139 de 2023, se ordena el giro a la ADRES por valor de $1.000.446.555.105 (un billón cuatrocientos cuarenta y seis millones quinientos cincuenta y cinco mil ciento cinco pesos) para el régimen subsidiado.

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Recursos asignados para el subsidio a la oferta

El documento del Ministerio de Salud indica que, se han asignado 149.492.013.981 (ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y dos millones trece mil novecientos ochenta y un pesos) para el subsidio a la oferta, otro de los componentes del Sistema General de Participaciones.

Así quedó la asignación del SGP para las principales ciudades del país:

CiudadRégimen subsidiado (valor en pesos)Salud Pública (valor en pesos)
Bogotá D.C.59.597.652.34611.456.850.330
Medellín27.621.642.2562.077.346.494
Cali32.432.204.9931.804.124.424
Barranquilla28.235.879.0851.142.313.528
Bucaramanga8.511.829.607533.913.810

Consulte la Resolución 139 de 2023 a continuación:

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