Desde el 1 de enero de 2025, las sanciones impuestas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ya no se calcularán en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), sino con base en la Unidad de Valor Básico (UVB). Esta medida se adopta conforme al artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026), que estableció este nuevo referente monetario ajustable anualmente según la inflación del IPC sin alimentos ni regulados.
El valor de la UVB para 2025 fue fijado en $11.552, según la Resolución 3914 del 17 de diciembre de 2024, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Esta cifra representa un incremento de 5,49 % frente al valor vigente en 2024 ($10.951), en línea con el índice de precios al consumidor certificado por el DANE para el periodo octubre 2023 – octubre 2024.
Cambio normativo con impacto en empresas reguladas
La nueva metodología impacta directamente a las personas naturales y jurídicas que, en calidad de sujetos vigilados por el Invima, infrinjan la normatividad sanitaria. La Dirección de Responsabilidad Sanitaria del instituto será la encargada de aplicar estas sanciones con base en el nuevo esquema de UVB.
“El objetivo es estandarizar y dar mayor claridad al proceso sancionatorio, impactando directamente a las empresas y personas sujetas a regulación por parte de la entidad”, afirmó Eliana Katherine Gómez, directora de Responsabilidad Sanitaria del Invima.
Este cambio busca desligar las sanciones del salario mínimo, evitando que el incremento de las multas esté vinculado a decisiones de política laboral y asegurando una fórmula más predecible, técnica y coherente con los principios de proporcionalidad y legalidad.
¿Qué es la UVB y cómo se calcula?
La Unidad de Valor Básico es una unidad de cuenta creada por el Gobierno Nacional en el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, y su propósito es servir como parámetro monetario para obligaciones distintas al salario, permitiendo actualizar valores de sanciones, tarifas o multas sin afectar las bases salariales que determinan derechos laborales o de seguridad social.
El valor de la UVB se ajusta cada año tomando como referencia el IPC sin alimentos ni regulados, y debe ser publicado por el Ministerio de Hacienda antes del 1.º de enero de cada vigencia fiscal. De esta forma, para 2025 se estableció oficialmente el valor de $11.552, con base en el crecimiento del 5,49 % reportado por el DANE.
Aplicación específica en sanciones sanitarias
El cambio en la unidad de cálculo aplica exclusivamente a las sanciones administrativas por infracciones a la normatividad sanitaria impuestas por el Invima. Esto incluye casos relacionados con la fabricación, importación, comercialización o distribución de medicamentos, alimentos, cosméticos, dispositivos médicos y demás productos bajo vigilancia sanitaria.
La medida permite al Invima imponer sanciones más uniformes y desligadas de elementos sociales o políticos asociados al salario mínimo, y se alinea con los principios de eficiencia regulatoria y seguridad jurídica exigidos por los sectores productivos.
Este ajuste también implica que las resoluciones sancionatorias deberán referenciar expresamente la equivalencia en UVB, y su conversión a pesos colombianos para efectos de cobro, facilitando el entendimiento y transparencia en los procesos administrativos.
El artículo 313 de la Ley 2294 de 2023, base legal de la UVB, representa un cambio estructural en el enfoque de política pública sobre la monetización de sanciones estatales. En vez de continuar con un modelo centrado en el salario mínimo, el legislador optó por introducir una unidad específica, técnicamente ajustable y con menor impacto distorsionador en sectores sensibles.
Además del Invima, se espera que otras entidades del orden nacional adopten progresivamente la UVB como referencia para sus propias sanciones, tarifas o cobros, en cumplimiento de esta ley.