El Ministerio de Salud de Chile redefinió las metas sanitarias de atención primaria para 2027, con cambios en la medición del control de diabetes, hipertensión y enfermedades respiratorias crónicas. La nueva regulación establece objetivos nacionales de al menos 50 % de compensación en diabetes tipo 2, 72 % en hipertensión arterial y 80 % de control en pacientes con asma o EPOC. También mantiene una meta de 80 % de cobertura de tamizaje de cáncer cervicouterino e introduce nuevas condiciones para evaluar los avances de los establecimientos municipales.
La medida quedó establecida mediante la Resolución Exenta 732 de 2026, expedida el 8 de septiembre y publicada el 7 de octubre en el Diario Oficial de Chile. El documento define ocho ámbitos de evaluación relacionados con prevención, atención clínica y participación comunitaria. Su cumplimiento se articula con el sistema de asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo del personal de atención primaria municipal, previsto en la legislación chilena.
Cáncer cervicouterino, diabetes e hipertensión entre las metas sanitarias de Chile para 2027
Una de las prioridades establecidas para 2027 es alcanzar una cobertura nacional del 80 % en tamizaje vigente de cáncer cervicouterino entre personas de 25 a 64 años inscritas y validadas por el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Este indicador incluye a mujeres y personas transmasculinas y se calcula considerando los exámenes vigentes según las orientaciones técnicas y los grupos de edad correspondientes.
Aunque el objetivo nacional del 80 % ya estaba contemplado para 2026, la nueva resolución incorpora criterios específicos para los establecimientos que presenten menores niveles de cobertura. El propósito es establecer avances progresivos hacia la meta nacional, considerando los resultados proyectados al cierre de 2026.
Las condiciones para fijar los compromisos locales incluyen:
- Reducción del 30 % de la brecha pendiente hacia la meta nacional, como mínimo, para las unidades que proyecten cumplir su compromiso de cobertura de 2026.
- Reducción del 40 % de la brecha pendiente para las unidades que proyecten incumplir la meta comprometida durante 2026.
- Cobertura mínima del 50 % para los establecimientos o comunas cuya proyección al cierre de 2026 sea igual o inferior al 40 %.
La norma también establece que el número absoluto de personas con tamizaje vigente no podrá disminuir respecto del año anterior, independientemente de las variaciones en la población objetivo. Esta disposición busca evitar que una mejora porcentual derivada de cambios en el denominador oculte una reducción en las personas efectivamente cubiertas.
Chile cambia la medición del control clínico de diabetes e hipertensión
La Resolución 732 introduce modificaciones en la forma de evaluar los resultados del tratamiento de enfermedades crónicas. Para 2027, el indicador de diabetes mellitus tipo 2 se concentra en la proporción de personas bajo control en atención primaria que cumplen los criterios de compensación establecidos por el Ministerio de Salud.
La meta nacional fija al menos un 50 % de compensación de diabetes tipo 2 entre los pacientes bajo control. Para el cálculo se consideran personas de 15 a 79 años con hemoglobina glucosilada inferior al 7 %, junto con pacientes de 80 años o más cuyo resultado sea inferior al 8 %, según el último control vigente.
En hipertensión arterial, la meta será alcanzar al menos un 72 % de compensación entre las personas bajo seguimiento. El indicador considera una presión arterial inferior a 140/90 mmHg para pacientes de 15 a 79 años y menor de 150/90 mmHg para quienes tienen 80 años o más.
Las unidades que proyecten resultados inferiores a las metas nacionales deberán cerrar al menos el 50 % de la brecha entre su nivel estimado a diciembre de 2026 y el objetivo de 2027. Aquellas que ya alcancen o superen los porcentajes nacionales deberán mantener, como mínimo, sus resultados. La diabetes tendrá dos evaluaciones durante el año, mientras que la hipertensión contará con una evaluación anual.
Los indicadores de 2027 no son directamente comparables con los de 2026
Uno de los cambios más importantes se encuentra en los denominadores utilizados para calcular el desempeño sanitario. La Resolución Exenta 650 de 2025, que fijó las metas para 2026, establecía objetivos de cobertura efectiva del 29 % en diabetes tipo 2 y del 45 % en hipertensión arterial, calculados sobre poblaciones estimadas mediante prevalencias.
Para 2027, en cambio, la medición se realizará sobre las personas diagnosticadas que permanecen bajo control en los establecimientos de atención primaria. Esto modifica el universo de referencia y desplaza el énfasis del indicador hacia los resultados clínicos obtenidos entre los pacientes en seguimiento.
Por esta razón, no corresponde interpretar el paso del 29 % al 50 % en diabetes, ni del 45 % al 72 % en hipertensión, como aumentos directamente comparables en las exigencias de desempeño. Aunque los porcentajes son superiores, los indicadores tienen denominadores diferentes y miden aspectos distintos de la atención sanitaria.
Un cambio semejante ocurre con las enfermedades respiratorias crónicas. Mientras que en 2026 se establecía una cobertura efectiva del 15 % sobre una población estimada por prevalencia, para 2027 se fija un 80 % de control adecuado entre los pacientes con asma o EPOC que se encuentran bajo seguimiento.
Salud infantil y enfermedades respiratorias también tendrán objetivos de cumplimiento
La actualización incorpora metas relacionadas con desarrollo infantil, salud bucal y control respiratorio. Para los niños de 12 a 23 meses diagnosticados con riesgo en el desarrollo psicomotor, se mantiene una meta nacional de recuperación del 90 %, con una evaluación anual.
En salud bucal, la regulación modifica parte de los indicadores y establece dos objetivos específicos para 2027:
- 65 % de niños menores de tres años sin historia de caries, medido sobre la población infantil inscrita y validada.
- 26 % de niños de seis años sin historia de caries, frente al objetivo del 22 % establecido para este grupo etario en 2026.
En el caso de las enfermedades respiratorias, el Ministerio establece que el 80 % de los pacientes bajo control por asma o enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) deberá alcanzar un estado controlado o de control adecuado. La evaluación comprende personas con asma desde los cinco años y pacientes con EPOC de 40 años o más.
Para respaldar este objetivo, la resolución identifica acciones esperadas relacionadas con mejorar el acceso y la calidad del tratamiento, la rehabilitación, el seguimiento clínico y la educación para el autocuidado. También incorpora entre los resultados esperados la reducción de exacerbaciones y hospitalizaciones evitables.
La comparación normativa permite identificar otra modificación. La evaluación anual del pie diabético y la prevalencia de lactancia materna exclusiva al sexto mes, contempladas como indicadores específicos en las metas de 2026, no aparecen como metas independientes en la resolución correspondiente a 2027. Esta modificación del esquema de evaluación no implica por sí misma la eliminación de esas prestaciones sanitarias.
¿Cómo se evaluará el cumplimiento de las metas sanitarias en los municipios?
La regulación mantiene un esquema de responsabilidades compartidas entre el Ministerio de Salud, los Servicios de Salud y las entidades administradoras municipales. Los directores de cada Servicio de Salud deberán determinar los compromisos específicos que correspondan a los establecimientos, tomando como referencia las metas nacionales y los resultados previamente alcanzados.
La evaluación anual estará a cargo de las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (SEREMI), con información proporcionada por los Servicios de Salud y las entidades administradoras municipales. El modelo también mantiene su vinculación con los incentivos laborales. Según la Ley 19.813, el cumplimiento de las metas sanitarias y de mejoramiento de la atención en un 75 % o más permite que los funcionarios que reúnan los demás requisitos accedan al componente variable de la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo.
Este mecanismo no constituye un incentivo nuevo creado para 2027. Se trata de un instrumento previamente establecido que relaciona los compromisos sanitarios anuales con la evaluación institucional y determinados beneficios del personal.
¿Qué implicaciones tendrán las metas de 2027 para la atención primaria chilena?
La nueva medición de diabetes, hipertensión y enfermedades respiratorias exige que los establecimientos diferencien los resultados clínicos de los pacientes bajo seguimiento de los indicadores generales de cobertura poblacional. Esto plantea necesidades de registro, actualización de controles y seguimiento de las personas con enfermedades crónicas para documentar el cumplimiento de los objetivos.
La resolución también introduce una meta relacionada con las Redes Comunitarias de Bienestar. Para 2027, el 100 % de los establecimientos y comunas comprometidos deberá contar con una red desarrollada de acuerdo con los hitos definidos en las orientaciones técnicas correspondientes. Este esquema sustituye, dentro de las metas sanitarias anuales, el indicador de elaboración, ejecución y evaluación del plan de trabajo comunitario utilizado en 2026.
La definición de estos compromisos ocurre mientras Chile prepara su planificación financiera para el próximo año. Como informó CONSULTORSALUD el 2 de octubre de 2026, el proyecto de Presupuesto de Salud para 2027 contempla un incremento del 4,7 % de los recursos sectoriales e incluye entre sus prioridades el fortalecimiento de la atención primaria.
Aunque ambos procesos forman parte de la planificación sanitaria chilena para 2027, la Resolución 732 no establece asignaciones presupuestarias específicas para financiar cada uno de sus indicadores. La evaluación de sus resultados dependerá de los compromisos que se fijen localmente y de la información sanitaria registrada durante la próxima vigencia.