Argentina modificó los criterios clínicos para el ingreso de pacientes pediátricos a la lista de espera de trasplante hepático en condición de emergencia. La nueva regulación establece que los niños con falla hepática fulminante y un valor de RIN igual o superior a 2 ya no deberán presentar encefalopatía como requisito para ser incluidos bajo esta categoría. La medida fue adoptada por el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante, INCUCAI, y entra en vigor el 29 de septiembre de 2026.
INCUCAI modifica las reglas para la lista de espera hepática
El cambio quedó establecido mediante la Resolución 339/2026 del INCUCAI Resolución 339/2026 del INCUCAI, publicada el 28 de septiembre en el Boletín Oficial de la República Argentina. La norma sustituye parcialmente los criterios establecidos en la Resolución 82/2022 para el manejo de pacientes con falla hepática fulminante que requieren ingresar a la lista de espera en situación clínica de emergencia.
Hasta ahora, las reglas contemplaban que estos pacientes presentaran evidencia clínica o de laboratorio de hepatitis aguda, ausencia de enfermedad hepática previamente conocida, un valor de RIN superior a 1,5 y algún grado de encefalopatía. Con la nueva resolución, estos parámetros generales se mantienen, pero se incorpora una condición específica para la población pediátrica.
El texto establece que en los pacientes pediátricos con un RIN igual o superior a 2 no será necesario acreditar encefalopatía como requisito de inclusión. El ajuste se concentra, por tanto, en este grupo específico y no supone la eliminación general del criterio de encefalopatía para todos los pacientes que buscan acceder a la lista de emergencia por falla hepática fulminante.
Qué cambia para los pacientes pediátricos con falla hepática fulminante
De acuerdo con el INCUCAI, antes de esta modificación los pacientes pediátricos que necesitaban ingresar a la lista de espera bajo estas condiciones debían presentar un diagnóstico de encefalopatía. En aquellos casos en los que este criterio no estaba presente, podían requerirse consultas por vía de excepción para conseguir la inclusión en la lista.
La actualización modifica ese procedimiento para los niños que cumplen con el nuevo parámetro clínico definido por la autoridad argentina:
- Pacientes pediátricos con RIN ≥ 2: no deberán presentar encefalopatía como requisito para ingresar a la lista de espera en situación de emergencia.
- Demás pacientes con falla hepática fulminante: continúa vigente el criterio general que incluye RIN superior a 1,5 y presencia de algún grado de encefalopatía.
- Condiciones adicionales: deben existir evidencia clínica o de laboratorio de hepatitis aguda y ausencia de enfermedad hepática previamente conocida.
La medida se incorpora dentro de las normas argentinas para la gestión de la lista de espera hepática, un componente fundamental de los sistemas nacionales de donación y trasplantes. En Colombia, este ámbito también ha sido objeto de cambios legislativos recientes, como recoge CONSULTORSALUD en el seguimiento a la reforma a la donación y trasplante de órganos en Colombia, que contempla modificaciones regulatorias y operativas para los procesos de donación, asignación y trasplante.
Los criterios generales para emergencia hepática se mantienen
La Resolución 339/2026 no reemplaza de manera integral el sistema utilizado en Argentina para gestionar la lista de espera hepática. La modificación sustituye específicamente el inciso relacionado con los pacientes con falla hepática fulminante en situación clínica de emergencia e incorpora la excepción correspondiente a la población pediátrica.
La norma mantiene como parámetros generales la existencia de hepatitis aguda identificada mediante evidencia clínica o de laboratorio, que el paciente no presente una enfermedad hepática previamente conocida, un RIN superior a 1,5 y algún grado de encefalopatía. La diferencia está en que el último requisito deja de exigirse cuando se trata de un paciente pediátrico cuyo RIN sea igual o superior a 2.
El INCUCAI señaló que la actualización busca precisar los parámetros clínicos empleados para evaluar los casos pediátricos. La autoridad explicó que la decisión responde a las particularidades clínicas y evolutivas observadas en esta población después de analizar la aplicación de los criterios que se encontraban vigentes desde 2022.
¿Por qué Argentina modificó el criterio para pacientes pediátricos?
El cambio fue evaluado por diferentes instancias técnicas vinculadas al sistema argentino de trasplantes. La Comisión Asesora de Trasplante Hepático y el Comité de Bioética del INCUCAI participaron en el proceso dentro de sus respectivas competencias, según los antecedentes consignados en la resolución publicada en el Boletín Oficial.
La propuesta también fue tratada por la Comisión Federal de Trasplantes, COFETRA, durante una reunión realizada el 12 de agosto de 2026. Posteriormente intervinieron la Dirección Médica y la Dirección de Asuntos Jurídicos, y la medida fue tratada por el Directorio del INCUCAI el 25 de septiembre antes de su publicación oficial.
El organismo explicó que, después de revisar la implementación de las normas establecidas en 2022, su Dirección Científico Técnica consideró necesario precisar los criterios utilizados frente a la falla hepática fulminante pediátrica. La nueva disposición comenzará a regir al día siguiente de su publicación, es decir, el 29 de septiembre de 2026.
¿Cuántos pacientes pediátricos esperan un trasplante hepático en Argentina?
Al comunicar la modificación, el INCUCAI informó que 35 pacientes pediátricos se encuentran actualmente en lista de espera para un trasplante hepático en Argentina. Durante 2026, otros seis pacientes pediátricos ingresaron a la lista en condición de emergencia como consecuencia de una falla hepática aguda.
La autoridad sanitaria también reportó que 64 pacientes pediátricos recibieron un trasplante hepático durante 2026. Estas cifras acompañan la entrada en vigor de una modificación que se concentra específicamente en los criterios clínicos para determinar cuándo un niño con falla hepática fulminante puede ingresar a la lista bajo condición de emergencia.
Con la Resolución 339/2026, Argentina mantiene los parámetros generales para el ingreso por falla hepática fulminante, pero introduce una regla diferenciada para los pacientes pediátricos con RIN igual o superior a 2. Para estos casos, desde el 29 de septiembre la presencia de encefalopatía dejará de ser una condición necesaria para la inclusión en la lista de espera hepática en situación de emergencia.