El Gobierno nacional autorizó, mediante la Resolución Ejecutiva 407 de 2026, una nueva prórroga de la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y de la intervención forzosa administrativa para administrar a EPS Famisanar. La medida se extenderá por un periodo de hasta un año, desde el 16 de septiembre de 2026 hasta el 15 de septiembre de 2027.
La resolución señala que la extensión busca avanzar en la estabilidad financiera y administrativa de la entidad y en una prestación oportuna y eficiente de los servicios de salud para sus afiliados. La Superintendencia Nacional de Salud podrá disponer el levantamiento de la intervención antes de la fecha prevista si durante este periodo se cumplen las condiciones para hacerlo.
Famisanar permanece bajo intervención desde 2023
La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la intervención de Famisanar el 15 de septiembre de 2023 por un término inicial de un año. Posteriormente, la medida fue prorrogada hasta el 15 de septiembre de 2025 y, mediante la Resolución Ejecutiva 315 de 2025, se autorizó una nueva extensión comprendida entre el 16 de septiembre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026.
Durante el proceso también se registraron cambios en la administración de la medida. La resolución recoge las modificaciones realizadas en la designación del agente interventor y señala que el 6 de julio de 2026 la Superintendencia Nacional de Salud nombró a Mauricio Molina Álvarez como responsable de la intervención. Días después, el funcionario presentó el concepto de viabilidad para solicitar su continuidad.
¿Qué razones respaldaron la nueva prórroga?
El concepto presentado por el agente interventor examinó los componentes técnico-científico, financiero, jurídico y administrativo de Famisanar. El documento concluyó que la intervención había producido un fortalecimiento progresivo de la capacidad de la EPS, aunque señaló que los resultados alcanzados todavía requerían consolidación para superar las causas estructurales que originaron la medida.
Entre los avances consignados en el concepto se encuentran:
- Mejoras en la gestión del riesgo en salud.
- Avances en el control financiero.
- Fortalecimiento de la administración contractual.
- Mejoras en la calidad de la información.
- Avances en la ejecución del Plan de Intervención.
- Acciones dirigidas al cumplimiento de las condiciones de habilitación financiera.
Por su parte, la firma contralora presentó un concepto de viabilidad condicionada en el que indicó que Famisanar permanece en un escenario de riesgo. La normativa señaló que la viabilidad de la EPS está condicionada a la continuidad de la supervisión especial de la Superintendencia Nacional de Salud y a la reestructuración inmediata del Plan de Acción por parte de la nueva administración.
Las autoridades recomendaron mantener la medida especial
La Dirección de Medidas Especiales para Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas recomendó el 13 de agosto de 2026 prorrogar la intervención con fundamento en las conclusiones del seguimiento técnico. Un día después, la Superintendencia Delegada para Entidades de Aseguramiento en Salud recomendó extender la medida por un año.
El Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia abordó posteriormente el caso y sus integrantes votaron por unanimidad una recomendación de prórroga por seis meses. La resolución precisa que este comité tiene carácter consultivo y asesor, por lo que sus recomendaciones constituyen elementos de juicio para la autoridad competente, pero no sustituyen su valoración ni determinan obligatoriamente el plazo que debe adoptarse.
¿Cómo se definió finalmente el plazo de un año?
La diferencia entre las recomendaciones llevó al Ministerio de Salud y Protección Social a solicitar una aclaración a la Superintendencia Nacional de Salud sobre el periodo que debía aplicarse. El 2 de septiembre de 2026, la entidad precisó que su posición institucional era sustentar ante el Ministerio una prórroga de hasta un año. Posteriormente, el Ministerio emitió un concepto técnico en el que consideró viable ese término. La decisión tuvo en cuenta los siguientes elementos:
- Un año proporciona un periodo para evaluar la evolución de las condiciones de operación de la EPS.
- Permite verificar la efectividad de las acciones implementadas durante la intervención.
- Facilita determinar su incidencia sobre la continuidad, oportunidad y calidad del aseguramiento.
- Recoge la posición institucional actual comunicada por la Superintendencia Nacional de Salud.
Con base en estos antecedentes, el Gobierno nacional autorizó la prórroga hasta el 15 de septiembre de 2027. La Resolución Ejecutiva 407 establece expresamente que el término podrá finalizar antes si la Superintendencia Nacional de Salud decide levantar la intervención.
La EPS continuará bajo seguimiento de la Superintendencia
Durante el nuevo periodo, Famisanar deberá continuar reportando información en el Sistema de Gestión y Control de las Medidas Especiales FENIX. El reporte deberá efectuarse de acuerdo con las directrices impartidas por la Superintendencia Nacional de Salud dentro del seguimiento a la intervención administrativa.
La resolución también dispone comunicar la decisión al agente interventor y a la firma encargada de la contraloría. Asimismo, el contenido deberá ser informado a la Superintendencia Nacional de Salud, a la Superintendencia Delegada para Entidades de Aseguramiento en Salud y a las entidades territoriales donde opera el aseguramiento de Famisanar.
¿Qué disposiciones quedan vigentes durante la prórroga?
La Resolución mantiene las principales obligaciones asociadas al seguimiento de la medida mientras transcurre el nuevo periodo de intervención. Entre las disposiciones establecidas se encuentran:
- La intervención permanecerá vigente hasta el 15 de septiembre de 2027.
- La Superintendencia podrá levantar la medida antes de esa fecha.
- Famisanar deberá seguir reportando información en el sistema FENIX.
- La Superintendencia Nacional de Salud continuará impartiendo las directrices de seguimiento correspondientes.
- La decisión será comunicada a las autoridades y entidades territoriales relacionadas con la operación de la EPS.
La Resolución Ejecutiva 407 de 2026 rige desde su expedición, el 15 de septiembre de 2026. Con esta decisión, la intervención administrativa de Famisanar entra en un nuevo periodo que se extenderá por hasta un año, conforme a las condiciones, obligaciones y mecanismos de seguimiento establecidos en el acto administrativo.
Descargue aquí la Resolución Ejecutiva 407 de 2026: