SISMED 2027: nuevo esquema de reporte será obligatorio desde enero, conozca las fechas y reglas de transición – Circular 024 de 2026

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La transición hacia SISMED 2027 ya tiene fechas definidas. La Circular 24 de 2026 mantiene durante 2026 el esquema vigente y fija desde enero de 2027 la aplicación obligatoria de la nueva estructura de reporte.
SISMED 2027 nuevo esquema de reporte será obligatorio desde enero

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El esquema de reporte de precios de medicamentos en Colombia tendrá una transición más larga de la prevista. Después de que la habilitación de la nueva estructura del SISMED 2027 no coincidiera con el inicio del período de prueba y se identificaran aspectos de implementación y validación de archivos que requerían revisión, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos expidió la Circular 000024 de 2026, que modifica los artículos 10 y 12 de la Circular 21 de 2026 y establece que el nuevo modelo será obligatorio para las transacciones efectuadas a partir del 1 de enero de 2027.

La Circular aplaza la obligatoriedad de los Anexos Técnicos 1 y 2 del Sistema de Información de Precios de Medicamentos, SISMED, mantiene durante 2026 las reglas de reporte vigentes y extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 el período de prueba de la plataforma. La nueva estructura comenzará a aplicarse de manera obligatoria para las transacciones realizadas desde enero de 2027.

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Qué cambia con la Circular 24 de 2026

La Circular 21 de 2026 había adoptado los Anexos Técnicos 1 y 2 para el reporte de información al SISMED, con una nueva estructura que incorpora información asociada a la Factura Electrónica de Venta. La norma había previsto un período de prueba para que los actores obligados verificaran sus desarrollos y realizaran envíos antes del inicio obligatorio del nuevo esquema.

La Comisión indicó que la habilitación de estos anexos en la Plataforma de Intercambio de Información, PISIS, no coincidió con el inicio del período previsto. Esto redujo el tiempo efectivo disponible para realizar pruebas y, durante ese proceso, se identificaron aspectos relacionados con la implementación y la validación de archivos que requerían revisión.

Con la nueva disposición, los principales cambios son:

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  • La nueva estructura de reporte será obligatoria para las transacciones efectuadas desde el 1 de enero de 2027.
  • El período de prueba de la plataforma se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Las transacciones realizadas durante 2026 continuarán reportándose bajo el esquema vigente.
  • Los envíos realizados con los nuevos anexos durante 2026 serán voluntarios y no sustituirán el reporte obligatorio.

El nuevo esquema del SISMED comenzará con las transacciones de 2027

La Comisión definió una fecha cierta para el inicio del nuevo esquema con el fin de que la información de cada año calendario se reporte bajo una sola estructura. Por esta razón, las transacciones efectuadas durante 2026 permanecerán bajo el modelo vigente, mientras que las realizadas desde enero de 2027 deberán seguir las especificaciones de los nuevos anexos técnicos.

El cronograma establece plazos diferenciados según el rol de los actores obligados. Para el Rol 1, el primer reporte corresponderá a las transacciones de enero de 2027 y deberá enviarse entre el 1 y el 28 de febrero de 2027. Para el Rol 2, el primer reporte abarcará enero, febrero y marzo y se enviará entre el 1 y el 30 de abril de 2027.

Las reglas actuales se mantienen para las transacciones de 2026

Las operaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2026 continuarán reportándose de acuerdo con la Circular 06 de 2018, modificada por la Circular 17 de 2023, junto con el Anexo 1 sustituido por esta última y corregido posteriormente mediante la Circular 20 de 2026. Esta regla se conserva incluso cuando el plazo de envío correspondiente venza durante 2027.

La medida incluye el reporte de diciembre de 2026 para los actores previstos en el numeral 8.1 del artículo 8 de la Circular 06 de 2018, así como los reportes de octubre, noviembre y diciembre para quienes se encuentran en el numeral 8.2. Los plazos de envío previstos para estos casos se mantienen sin modificación.

Durante este período se mantendrán cuatro condiciones:

La transición mantiene una sola estructura de reporte durante 2026

La Comisión explicó que el esquema inicialmente previsto habría distribuido la información de 2026 entre dos estructuras diferentes. Con la modificación introducida por la Circular 24, todas las transacciones correspondientes a este año continuarán reportándose bajo el esquema vigente, mientras que la nueva estructura comenzará de forma uniforme con las operaciones de 2027.

La Circular también elimina la exigencia prevista inicialmente de presentar, antes del 31 de diciembre de 2026, un nuevo reporte sobre los meses del año que no hubieran sido enviados conforme con los Anexos Técnicos 1 y 2. La Comisión señaló que mantener esa obligación habría implicado reconstruir y reportar nuevamente información ya presentada bajo la estructura anterior.

¿Qué deben reportar los actores del SISMED durante 2026?

Durante lo que resta de 2026, los actores obligados deberán seguir utilizando el esquema vigente para las transacciones realizadas hasta el 31 de diciembre. Los nuevos anexos técnicos podrán utilizarse de manera voluntaria para realizar pruebas, pero esos envíos no reemplazarán las obligaciones formales de reporte correspondientes a este período.

Los reportes cuyo plazo venza durante 2027, pero correspondan a operaciones efectuadas en 2026, seguirán sujetos a las disposiciones anteriores. La misma regla se aplicará a las correcciones y a las actuaciones de inspección, vigilancia y sanción relacionadas con esa información.

¿Cuándo entra en vigencia el nuevo reporte del SISMED 2027?

La Circular 000024 de 2026 fue expedida el 2 de octubre de 2026 y establece que entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. El nuevo esquema de reporte previsto en los Anexos Técnicos 1 y 2, sin embargo, comenzará a aplicarse a las transacciones efectuadas desde el 1 de enero de 2027.

Desde esa fecha quedarán derogadas las Circulares 06 de 2018, 17 de 2023 y 20 de 2026 para las nuevas transacciones. Estas disposiciones continuarán aplicándose a las operaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2026, incluidos los reportes cuyo plazo venza posteriormente y las correcciones que correspondan.

Con este ajuste, los actores del SISMED deberán mantener durante 2026 el esquema vigente y avanzar en la preparación para adoptar los nuevos anexos técnicos a partir de 2027.

Descargue aquí la Circula 024 de 2026:

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