Rendimientos financieros de cuentas maestras siguen en el 70% – Resolución 1583/2023

Rendimientos financieros de cuentas maestras siguen en el 70% - Resolución 15832023
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El Ministerio de Salud publicó la Resolución 1583 de 2023, normativa que define el porcentaje de los rendimientos de la cuenta maestra de recaudo de cotizaciones en salud, tanto para las EPS como para las entidades adaptadas en salud para la vigencia actual. La última actualización quedó consignada en la Resolución 964 de 2022 que estableció dicho porcentaje en el 70%.

Cabe anotar que, dentro de los rendimientos financieros derivados de las cotizaciones, no se cuentan aquellos excedentes generados a partir de las conciliaciones mensuales entre la entidad promotora de salud y la Empresa Social del Estado — ESE; estas conciliaciones determinan saldos a favor de las entidades, debido a mayores valores girados por concepto de aportes patronales financiados con recursos del Sistema General de Participaciones. En caso de existir excedentes, es necesario reintegrarlos a la ESE, junto con los rendimientos correspondientes, por parte de la EPS.

Adicionalmente, es importante recordar que el Decreto 1437 de 2021 modificó las condiciones de apertura y manejo de las cuentas de recaudo de cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en
Salud (SGSSS). Asimismo, cambió la titularidad del proceso a cargo de la ADRES a partir de junio de 2022;
situación que permitió la suscripción de un convenio entre bancos, EPS y ADRES para la apertura de cuentas de recaudo, lo cual impactó positivamente el reconocimiento de rendimientos financieros.

De igual manera, en la Resolución 1583 de 2023 se explica que la ADRES “remitió la estructura de costos de recaudo correspondiente a la vigencia 2022, con corte a noviembre de ese año, en la que se evidencia que los rendimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo mensual de las cotizaciones en salud apropiados por las entidades promotoras de salud y entidades adaptadas en salud, fueron en promedio de $2.585 millones y los costos mensuales asociados al recaudo de aportes en promedio ascendieron a $8.538 millones”.

Resolución 1583 de 2023 no hace modificaciones notables:

Para la vigencia actual, el Ministerio de Salud decidió no modificar el porcentaje de los rendimientos. Es decir, este seguirá siendo el 70% de cotizaciones en salud, a apropiarse por las entidades promotoras de salud y las entidades adaptadas en salud, durante la vigencia 2023, para financiar las actividades relacionadas con la gestión de cobro de cotizaciones, el manejo de la información sobre el pago de aportes y los servicios financieros asociados al recaudo.

No obstante, las entidades promotoras de salud y entidades adaptadas en salud que se encuentren en proceso de liquidación y por el periodo que este se extienda, podrán apropiarse del veinte por ciento (20%) de los rendimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones en salud.

Conozca el documento a continuación:

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