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Resolución 1372. Por la que se fija de manera transitoria el valor de UPC-S de septiembre a diciembre de 2023 en La Guajira

Resolución 1373. Por la que se fija de manera transitoria el valor de UPC-S de septiembre a diciembre de 2023 en La Guajira

El Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido una resolución con el objetivo de enfrentar la crisis humanitaria que afecta al departamento de La Guajira. La Resolución 1372 de 2023 establece de manera transitoria el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado (UPC-S) para los meses de septiembre a diciembre de 2023, además de dictar otras disposiciones fundamentales.

Esta crisis se debe a una serie de problemas complejos que incluyen la escasez de agua potable, la falta de acceso a alimentos, los efectos del cambio climático, la crisis energética, la baja cobertura de servicios de salud y educación, entre otros.

En particular, la situación en las zonas rurales es especialmente preocupante, ya que los pueblos indígenas, afrodescendientes y Rrom están recibiendo clases en condiciones precarias. Es necesario tomar acciones inmediatas para atender esta crisis humanitaria y garantizar el acceso a servicios básicos vitales, así como mejorar la calidad de vida de la población afectada.

El Ministerio de Salud y Protección Social ha propuesto una serie de medidas en el marco de la resolución, que buscan reorganizar la estructura y el funcionamiento del sistema de salud en La Guajira. Se pretende establecer un modelo de salud propio e intercultural, en colaboración con las Autoridades Tradicionales Indígenas del pueblo Wayúu y otros pueblos indígenas, para garantizar una cobertura territorializada, universal, sistemática, permanente y resolutiva.

Asimismo, se está trabajando en un mecanismo administrativo y financiero que disponga de los recursos necesarios para abordar y superar las causas que han dado origen a esta emergencia. Esto incluye la adquisición y/o suministro de bienes, servicios e infraestructuras de salud que sean requeridos.

Minsalud está comprometido en hacer frente a esta crisis humanitaria y en trabajar conjuntamente con las autoridades locales, las comunidades y otras entidades pertinentes para mejorar la situación en la región.

Dentro del Decreto Legislativo 1270 del 31 de julio de 2023, se establecieron las regulaciones para la operación del aseguramiento por territorios en el departamento de La Guajira en el ámbito de la gestión en salud. Estas regulaciones se describen de la siguiente manera:

Operación del aseguramiento por territorios para la gestión en salud

En el artículo 5° del Decreto Legislativo 1270, se establece la operación del aseguramiento por territorios para la gestión en salud en el departamento de La Guajira. El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con la Secretaría de Salud Departamental, las Autoridades Tradicionales y otros actores del sistema de salud, adaptará el modelo de salud propio e intercultural y regulará las condiciones de habilitación y permanencia de las Empresas Promotoras de Salud en el departamento. Además, se permitirá la transformación de estas empresas en los territorios indígenas, afrodescendientes y Rrom.

El Minsalud tiene la facultad de incrementar el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) en municipios del Departamento de La Guajira, en función de la implementación del modelo de salud propio e intercultural. Estos recursos adicionales serán proporcionados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Es importante destacar que el artículo 182 de la Ley 100 de 1993 establece que cada entidad promotora de salud (EPS) recibirá un valor per cápita denominado UPC, el cual se define en función del perfil epidemiológico de la población, los riesgos cubiertos y los costos de prestación del servicio. El Ministerio de Salud y Protección Social determinará el valor de la UPC con base en estudios técnicos.

La Ley 1751 de 2015 reconoció la salud como un derecho fundamental e irrenunciable, estableciendo un esquema de aseguramiento en la Ley 100 de 1993 para proteger este derecho de manera colectiva. Mediante el esquema de aseguramiento, se define qué servicios y tecnologías de salud son financiados con los recursos de la UPC que las EPS reciben por cada afiliado.

En la Resolución número 2809 del 30 de diciembre de 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social fijó el valor anual de la UPC que financiará los servicios y tecnologías de salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para el año 2023. Además, mediante el Decreto 1234 de 2023, se realizaron modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, lo que llevó a una modificación del presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 1217 de 2023. Estas modificaciones tienen como objetivo garantizar la financiación del aseguramiento en salud y atender las necesidades de recursos para la atención en salud, incluyendo los valores derivados de este acto administrativo.

Medidas de la Resolución 1372

En vista de lo anterior, es necesario reconocer transitoria y excepcionalmente un nuevo valor de la UPC para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 en zonas especiales por dispersión geográfica en el departamento de La Guajira Además, se debe establecer una Unidad de Pago por Capitación para la zona especial por dispersión geográfica de las Entidades Promotoras de Salud Indígenas (EPSI) en el departamento de La Guajira.

Estas acciones se toman en concordancia con los principios que rigen la función administrativa y con el propósito de abordar las causas que originaron la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento, en cumplimiento de los Decretos Legislativos 1085 y 1270 de 2023.

En esta medida se establecen los siguientes artículos para dar cumplimiento a la resolución:

Artículo 1: Fijación de la Unidad de Pago por Capitación para los municipios del departamento de La Guajira: Se establece que los municipios de Albania, Barrancas, Dibulla, Distracción, El Molino, Fonseca, Hatonuevo, La Jagua del Pilar, Maicao, Manaure, San Juan del Cesar, Uribia, Urumita y Villanueva recibirán el valor anual de la Unidad de Pago por Capitación para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023. Este monto asciende a la suma de $1.405.882,80, equivalente a un valor diario de $3.905,23.

Artículo 2: Fijación de la Unidad de Pago por Capitación para el Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha: Se establece que el Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha recibirá el valor anual de la Unidad de Pago por Capitación para los meses de septiembre a diciembre. Este monto asciende a la suma de $1.450.404.

Artículo 3: Fijación de la Unidad de Pago por Capitación para las EPSI en los municipios del Departamento de La Guajira: Se establece que las Entidades Promotoras de Salud Indígenas (EPSI) de los municipios de Albania, Barrancas, Dibulla, Distracción, El Molino, Fonseca, Hatonuevo, La Jagua del Pilar, Maicao, Manaure, San Juan del Cesar, Uribia, Urumita y Villanueva recibirán el valor anual de la Unidad de Pago por Capitación para el año 2023. Este monto asciende a la suma de $1.574.589,60.

Artículo 4: Fijación de la Unidad de Pago por Capitación para las EPSI en el distrito especial, turístico y cultural de Riohacha: Se establece que las Entidades Promotoras de Salud Indígenas (EPSI) del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Riohacha recibirán el valor anual de la Unidad de Pago por Capitación para el año 2023. Este monto asciende a la suma de $1.624.453,20

Artículo 5: Destinación específica de los recursos: Los recursos adicionales derivados de la equiparación de la prima pura del régimen subsidiado al contributivo se destinarán de manera complementaria para financiar la atención primaria en salud, de acuerdo con las características y tipología del territorio. Asimismo, los recursos derivados del incremento de la UPCDI se utilizarán para actividades propias de los usos y costumbres de la población, en armonía con la estrategia de atención primaria en salud, incluyendo los equipos territoriales e interculturales.

Artículo 6: Reporte de información: Con el objetivo de realizar un seguimiento de las acciones y actividades llevadas a cabo por los equipos territoriales de salud, el Minsalud definirá y comunicará la estructura y fechas de los informes, que deberán incluir información sobre las actividades diferenciales de los pueblos indígenas realizadas en el territorio, financiadas a través de la UPCDI.

Artículo 7: Vigencia de la resolución: La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación el 4 de septiembre de 2023

Vea a continuación la resolución:

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