La resolución 1059 de 2012 aclara como se efectúa la asignación del saldo de los recursos excedentes del subsidio familiar, incorporados en el presupuesto de ingresos y gastos del Fosyga, para la vigencia 2012, y se señalan los requisitos para su giro, según el Decreto 4877 de 2011 al pago de obligaciones de los departamentos y distritos con Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado por servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.
Los recursos repartidos por la resolucion 1059 de 2012, serán girados directamente por el FOSYGA a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con quienes las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado señaladas en el Anexo Técnico No. 1 de la presente resolución, tengan cuentas por pagar, o a las mismas Entidades Promotoras de Salud en caso de que certifiquen que no tienen deudas por ningún concepto con Instituciones Prestadoras de Salud.
El total de recursos repartidos asciende a $ 139 mil millones de pesos, desagregados por departamentos y EPS.
Descargue: Resolucion 1059 de 2012 – Recursos para pagar servicios NO POS RS