Proyecto de Decreto pretende garantizar la afiliación a salud de diagnosticados con Covid-19

En los próximos días se emitirá un Decreto con el que se garantizará a todos los pacientes con Covid-19 la afiliación al sistema de salud.
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Con un Decreto emitido por e Ministerio de Salud y Protección Social, se le garantizará a todas las personas que sean diagnosticadas con Covid-19 la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Estas personas serán afiliadas al régimen subsidiado, modificando entonces el decreto 780 de 2016, al cual se le adicionara otro grupo poblacional, quedando entonces así:

Adición al decreto 780 de 2016

(…) Personas con diagnóstico de COVID-19. Las personas sin capacidad de pago y con documento de identidad válido no afiliadas o con la novedad de terminación de la inscripción en la EPS, diagnosticadas por la infección con el virus COVID-19. El listado censal de esta población será elaborado por las por las alcaldías municipales o distritales, y su afiliación se efectuará por dichas entidades a través del Sistema de Afiliación Transaccional – SAT, con la información dispuesta por el Ministerio de Salud y Protección Social en el Sistema de Información para el reporte y seguimiento en salud de las personas afectadas por el Covid-19, según establece la Resolución 676 de 2020 o la norma que la modifique o sustituya.

Cabe resaltar, que la inscripción de la población no afiliada se realizará en la EPS del régimen subsidiado que tenga mayor cobertura en la jurisdicción del domicilio informado por la persona, y que no cuente con medida administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud que limite su capacidad para realizar nuevas afiliaciones y para aceptar traslados.

Así mismo, a persona que en la BDUA se encuentren en estado terminado, será inscrita en la última EPS en la cual estuvo afiliada. Si se trata de una EPS del régimen contributivo, el SAT deberá reportar la respectiva novedad de movilidad a la ADRES. En caso que la última EPS se encuentre liquidada o cuente con medida administrativa de la Superintendencia Nacional de Salud que limite su capacidad para realizar nuevas afiliaciones y para aceptar traslados.

Una vez superado el término de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del virus COVID-19, las entidades territoriales en el marco de sus competencias, deberán ejecutar acciones de verificación de esta población en relación con el cumplimiento de las condiciones para continuar como beneficiarios del Régimen Subsidiado

Finalmente, cabe mencionar que este Decreto estará dispuesto a la recepción de comentarios dela ciudadanía hasta el próximo 11 de mayo.

También puede leer: Lineamientos para hacer uso de los excedentes de cuentas maestras del régimen subsidiado

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