CONSULTORSALUD te da a conocer los detalles del proyecto de decreto emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual busca implementar la Política Pública Social para Habitantes de la Calle y crear una Comisión Intersectorial para su implementación.
Política Pública Social para Habitante de la Calle
La Política Pública Social para Habitante de la Calle (PPSHC)tiene como objetivo garantizar la promoción, protección y restablecimiento de los derechos de las personas habitantes de la calle en el país, así como su atención integral, rehabilitación e inclusión social.
Plan Nacional para la Población Habitante de la Calle
Para la implementación de la PPSHC-, se hace necesario formular un Plan de Nacional para la Población Habitante de la Calle por parte de las entidades del orden nacional en el marco de sus competencias, dotado del establecimiento o adecuación de sus lineamientos y programas.
Dicho plan será el marco para el diseño de los planes territoriales de atención los cuales contarán con los proyectos, acciones y servicios de atención para la población habitante de la calle, de acuerdo con lo establecido en la PPSHC, sin que este proceso afecte la atención y protección reforzada que se debe brindar a este grupo poblacional.
Comisión Intersectorial para la Población Habitante de la Calle
Según el órgano de control una vez se conforme la Comisión Intersectorial para la Población Habitante de la Calle, esta entidad tendrá la obligación como instancia de articulación interinstitucional orientar el diseño, ejecución y seguimiento del Plan Nacional para la Población Habitante de la Calle para la implementación, seguimiento y evaluación de la PPSHC.
Integración
La Comisión estará conformada por:
- Ministro (a) del Interior, o su delegado (a).
- Ministro (a) de Justicia y del Derecho o su delegado (a).
- Ministro (a) de Defensa o su delegado (a).
- Ministro (a) de Salud y Protección Social o su delegado(a), quien la presidirá o quien haga sus veces como responsable de la implementación de la PPSHC.
- Ministro (a) del Trabajo, o su de su delegado (a).
- Ministro (a) de Educación Nacional o su delegado (a).
- Ministro (a) de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado (a).
- Ministro (a) de Cultura o su delegado (a).
- Director (a) del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado (a).
- Director (a) del Departamento Nacional de Planeación o su delegado (a).
- Director (a) del Departamento Nacional de Estadística o su delegado (a).
- Director (a) de la Policía Nacional o su delegado (a).
- Director (a) del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) o su delegado (a).
- Director (a) de Coldeportes o su delegado (a).
- Director (a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado (a).
Sesiones de la Comisión y Quórum.
La Comisión se reunirá de manera ordinaria tres (3) veces al año y extraordinariamente cuando se considere necesario, previa convocatoria de la secretaría técnica y sesionará con la mitad más uno de sus integrantes.
Funciones de la Comisión
La Comisión ejercerá las siguientes funciones:
- Orientar la implementación, seguimiento y evaluación de la PPSHC.
- Orientar el diseño del Plan Nacional para la Población Habitante de la Calle.
- Orientar la ejecución del Plan Nacional para la Población Habitante de la Calle en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal.
- Brindar asistencia técnica para la verificación de la coherencia entre el Plan Nacional para la Población Habitante de la Calle y los planes territoriales.
- Formular recomendaciones para la priorización de acciones, estrategias y para la adecuada implementación del Plan.
- Hacer seguimiento a la ejecución del Plan Nacional para la Población Habitante de la Calle.
- Crear las instancias técnicas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Adoptar su propio reglamento.
El Departamento Nacional de Estadística –DANE- tiene como principales tareas la caracterización demográfica y socioeconómica de las personas habitantes de calle y la generación de la línea base de esta población
Diagnóstico de la habitanza en calle y oferta institucional para atender el fenómeno
El diagnostico se desarrolla en tres partes.
- La primera, es la presentación de la metodología utilizada por el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) para realizar tanto la línea base como la caracterización de la población habitante de calle.
- La segunda, es el análisis de la línea base de la población habitante de calle y la aproximación al fenómeno de la habitanza en calle (factores de riesgo, permanencia y caracterización de la población habitante de calle).
- La tercera la descripción de la oferta institucional presente en las ciudades estudiadas para atender a esta población.
Caracterización de la población habitante de calle
Si bien, a la fecha, Colombia no cuenta con cifras recientes oficiales de esta población desde el nivel nacional, lo cual representa un reto en la construcción de esta política pública, se realiza un esfuerzo por consolidar, desde la coordinación del MSPS, una caracterización que se nutre tanto de la información aportada por las instituciones del orden nacional, como del conocimiento de las entidades territoriales en la atención a esta población, con el propósito de ser un referente que guíe la formulación e implementación de acciones tendientes a la prevención del fenómeno de habitanza en calle ya la atención integral para el restablecimiento de derechos y la inclusión social.
Censo Habitante de calle en Bogotá 2017
Mayores afectaciones en Salud
Las afectaciones en salud de la población habitante de calle más documentadas son: el VIH/sida, la Tuberculosis, las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), los trastornos en la Salud Mental y trastornos por consumo de SPA (en mucho menor grado). No obstante, se han identificado otras que revisten importancia como las afecciones de la piel, las enfermedades gastrointestinales, la desnutrición, los problemas de salud oral y las hepatitis virales.
Descargue: Proyecto Decreto- Habitantes de calle – política publica en revisión