Proyecto de resolución modifica plazos para la ejecución de recursos destinados a la atención en salud de población migrante no afiliada

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Proyecto de resolución del Minsalud amplía plazos para ejecutar recursos destinados al pago de servicios de salud a población migrante no afiliada.
Proyecto de resolución modifica plazos para la ejecución de recursos destinados a la atención en salud de población migrante no afiliada

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El Ministerio de Salud y Protección Social presentó un proyecto de resolución mediante el cual se propone modificar los artículos 13 y 14 de la Resolución 2169 de 2023, ajustados previamente por la Resolución 2621 de 2024, con el objetivo de prorrogar los plazos para la presentación de solicitudes y la ejecución de recursos destinados al pago de servicios y tecnologías en salud prestados a población migrante no afiliada. La iniciativa busca garantizar la utilización efectiva de recursos aún disponibles y evitar su redistribución anticipada, en un contexto marcado por trámites administrativos en curso y saldos significativos sin ejecutar.

Un ajuste normativo sobre recursos no ejecutados para población migrante

El proyecto de resolución parte del marco normativo establecido por la Resolución 2169 de 2023, expedida para definir los criterios de uso de los recursos no ejecutados distribuidos mediante la Resolución 2360 de 2016, orientados al pago de la deuda acumulada al cierre de la vigencia 2022 por servicios y tecnologías en salud prestados a población migrante no afiliada. Esta regulación se sustenta en lo dispuesto por el artículo 155 de la Ley 2294 de 2023, que habilitó el uso de dichos recursos para atender estas obligaciones.

Posteriormente, la Resolución 2621 de 2024 introdujo modificaciones clave, fijando el 31 de diciembre de 2025 como plazo máximo para que las entidades territoriales presentaran las propuestas de asignación de recursos, y estableciendo que los recursos no ejecutados al 31 de mayo de 2026 serían objeto de redistribución conforme a la Ley 1797 de 2016. El nuevo proyecto reconoce que estos términos resultarían insuficientes frente a la realidad administrativa de los territorios.

Un saldo superior a 17.800 millones de pesos sin ejecutar

De acuerdo con el documento, con corte a noviembre de 2025 permanece un saldo por ejecutar de los recursos distribuidos a través de la Resolución 2360 de 2016 por un valor de $17.815.807.116, cifra que evidencia una ejecución parcial de los fondos disponibles. Este monto representa un volumen relevante de recursos públicos que, de no ser utilizados dentro de los plazos vigentes, estarían sujetos a procesos de redistribución.

El Ministerio señala que algunos territorios ya han intentado avanzar en la ejecución. En particular, los departamentos del Amazonas y Cauca, así como los distritos de Cartagena y Buenaventura, radicaron solicitudes para la asignación de recursos. Sin embargo, dichas solicitudes fueron devueltas para ajustes en la información presentada, lo que implica nuevos trámites, correcciones y una posterior radicación para evaluación, extendiendo los tiempos administrativos previstos inicialmente.

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¿Qué propone el proyecto de resolución sobre los nuevos plazos?

El núcleo del proyecto de resolución consiste en prorrogar de manera sustancial los plazos definidos en los artículos 13 y 14 de la Resolución 2169 de 2023. En primer lugar, se propone que las entidades territoriales tengan hasta el 31 de diciembre de 2027 para presentar ante el Ministerio de Salud y Protección Social las propuestas de asignación de los recursos no ejecutados, acompañadas del detalle de facturas a pagar a IPS y proveedores de tecnologías en salud.

El texto mantiene que, durante el proceso de revisión, si la Dirección de Financiamiento Sectorial identifica errores en la solicitud, estos serán comunicados a la entidad territorial, que contará con un plazo máximo de diez días hábiles para realizar las correcciones. De persistir los errores o no presentarse los ajustes en el tiempo establecido, se entenderá que la entidad ha desistido de la solicitud.

Nueva fecha para la redistribución de los recursos no ejecutados

El proyecto también modifica el artículo 14, relacionado con la redistribución de los recursos no ejecutados. De aprobarse la iniciativa, los recursos asignados mediante la Resolución 2360 de 2016 que no hayan sido ejecutados con corte al 31 de mayo de 2028 serán redistribuidos entre departamentos y distritos, conforme a los criterios que defina el Ministerio de Salud y Protección Social y en atención a lo dispuesto en la Ley 1797 de 2016, modificada por la Ley 2294 de 2023.

Este ajuste amplía en casi dos años el horizonte para la ejecución efectiva de los recursos, otorgando mayor margen a las entidades territoriales para culminar los procesos administrativos, contractuales y de validación de cuentas asociados al pago de la deuda por atención a población migrante no afiliada.

Implicaciones para entidades territoriales, IPS y proveedores

Desde una perspectiva operativa, el proyecto de resolución tiene implicaciones directas para secretarías de salud departamentales y distritales, así como para IPS y proveedores de tecnologías en salud que esperan el pago de servicios ya prestados. La ampliación de plazos busca reducir el riesgo de pérdida de recursos por vencimiento de términos y facilitar la culminación de procesos de verificación y ajuste de facturas.

Al mismo tiempo, la medida mantiene mecanismos de control administrativo al exigir correcciones oportunas y al establecer que la falta de ajustes se considerará como desistimiento, preservando la responsabilidad fiscal y la trazabilidad del gasto público.

Consulta y descarga el proyecto de resolución aquí:

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