Minsalud planea nueva asignación de recursos para salud mental en ESE del país – Proyecto de Resolución

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Un nuevo proyecto de resolución de Minsalud detalla los criterios y prioridades para repartir recursos destinados a acciones de promoción y prevención en salud mental entre las Empresas Sociales del Estado del país.
Minsalud planea nueva asignación de recursos para salud mental en ESE del país Proyecto de Resolución

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El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) emitió el proyecto de resolución mediante el cual se definen los criterios para la asignación de recursos en salud mental provenientes del Proyecto de Inversión “Incremento de las acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en la población del territorio nacional”, orientado al mejoramiento de la salud mental en el país. El texto fija reglas para la distribución de estos recursos y establece a qué entidades pueden dirigirse y bajo qué condiciones.

El documento presenta un desarrollo normativo que parte de la Constitución Política y de distintas leyes y políticas de salud, y luego concreta criterios generales, criterios de priorización y procedimientos administrativos que se aplicarán a las Empresas Sociales del Estado (ESE) que aspiren a estos recursos. Además, vincula la medida con la organización de la Red Nacional de Salud Mental y con instrumentos de planificación como el Plan Nacional de Desarrollo y un CONPES específico sobre acceso a servicios de salud mental.

¿Qué plantea el nuevo proyecto sobre asignación de recursos para salud mental?

El proyecto de resolución establece que los recursos del proyecto de inversión serán asignados con base en criterios generales y de priorización previamente definidos, y que se destinarán a ESE que resulten habilitadas y seleccionadas según estas reglas. El objetivo es orientar la distribución de los recursos hacia acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad con énfasis en salud mental.

De manera explícita, el texto indica que las disposiciones se dirigen a las Empresas Sociales del Estado que cumplan los requisitos técnicos y administrativos y que se encuentren en territorios que respondan a las condiciones definidas, como brechas en capacidad de respuesta en salud mental o dificultades de acceso en zonas rurales dispersas, fronterizas o de difícil acceso.

La asignación, según el proyecto, se hará mediante actos administrativos del Ministerio de Salud y Protección Social, donde se determinarán las ESE beneficiarias, el monto de los recursos, los requisitos para el giro y el esquema de seguimiento a la ejecución.

Marco constitucional y legal que respalda la iniciativa

En los considerandos, el proyecto parte de la Constitución Política, que asigna al Estado la responsabilidad de proteger la vida, la diversidad étnica y cultural y las condiciones materiales de existencia de la población, destacando la protección específica de los pueblos indígenas, comunidades negras, raizales y pueblo Rrom.

También se citan normas clave del sector salud, como la Ley 715 de 2001, que asigna al Ministerio de Salud funciones de dirección, regulación y financiación de programas y proyectos de inversión con recursos diferentes a los del Sistema General de Participaciones. Igualmente, se menciona la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que regula el derecho fundamental a la salud y define principios como la interculturalidad y la protección de los pueblos indígenas y otros pueblos étnicos, incluyendo el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI).

El proyecto incorpora además la Ley 1616 de 2013 y la Ley 2460 de 2025, que regulan la salud mental, priorizando a grupos como niños, niñas, adolescentes, jóvenes, mujeres, población LGTBIQ+, personas mayores, víctimas de violencia, personas con discapacidad, población campesina y pueblos étnicos, mediante estrategias de promoción, prevención, atención integral y rehabilitación. Se suman las disposiciones del Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, que ordena la actualización de la Política Nacional de Salud Mental, y el Decreto 729 de 2025, que organiza la Red Nacional de Salud Mental en niveles de referencia nacional, regional y local.

Finalmente, el proyecto cita el CONPES 4149 de 2025, que autoriza un empréstito externo para mejorar el acceso a servicios de salud mental y fortalece la red nacional con enfoque territorial, así como la Resolución 1597 de 2025 (sobre contratación de recursos de salud pública por las ESE) y la Resolución 737 de 2024, que fija requisitos para los actos administrativos que soportan transferencias de recursos a entidades públicas.

¿Qué requisitos deberán cumplir las ESE para acceder a los recursos?

El proyecto indica que las Empresas Sociales del Estado que aspiren a la asignación de recursos deberán cumplir primero con una manifestación formal de interés, suscrita por el representante legal, en la que se exprese la disponibilidad institucional para implementar el proyecto conforme a los lineamientos técnicos del Ministerio de Salud y Protección Social.

En segundo lugar, se exige una justificación técnica que se sustente en información epidemiológica, demográfica y operativa, donde se describan las brechas o necesidades del territorio en capacidad de respuesta en salud mental, las condiciones de territorios de difícil acceso, zonas rurales dispersas, fronterizas o con limitaciones geográficas, y los problemas de accesibilidad a los servicios de salud.

Como tercer requisito, las ESE deberán contar con habilitación vigente en al menos un servicio de salud mental, entre ellos psicología, psiquiatría, hospitalización, urgencias en salud mental u otros servicios definidos en la norma sectorial. Solo las entidades que acrediten estos tres componentes podrán avanzar a la etapa de priorización.

Criterios de priorización de territorios y prestadores en salud mental

Una vez verificados los requisitos generales, el proyecto plantea que solo se priorizarán las ESE que acrediten al menos dos criterios adicionales, relacionados con condiciones epidemiológicas, sociales y territoriales. Entre estos criterios, el documento destaca:

  • Alta carga de morbilidad en salud mental, medida por indicadores territoriales de prevalencia.
  • Alta vulnerabilidad territorial en salud mental, reflejada en incremento sostenido de intentos de suicidio o tasas de suicidio, notificaciones de violencia intrafamiliar o sexual, consumo problemático de sustancias psicoactivas y afectaciones psicosociales ligadas a emergencias, desastres, desplazamientos o crisis humanitarias.
  • Determinantes sociales críticos, como municipios PDET, Zonas Más Afectadas por el Conflicto (ZOMAC), territorios con población étnica que enfrenta barreras de acceso, zonas rurales dispersas con baja densidad poblacional y áreas con alta migración internacional.
  • Rol estratégico de la ESE en la red territorial, ya sea como punto clave para cubrir brechas, nodo local que requiere fortalecimiento o parte de rutas territoriales definidas en el marco de la organización de la Red Nacional de Salud Mental.
  • Experiencia previa en Atención Primaria en Salud con enfoque en salud mental, demostrada mediante la participación institucional en acciones comunitarias de los últimos dos años, como PAPSIVI, CAMAD, equipos básicos de salud en zonas rurales, estrategias de salud mental comunitaria y programas de prevención del suicidio o reducción del estigma.

Procedimiento del Ministerio para selección, asignación y seguimiento de recursos

El proyecto establece que la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social será la encargada de aplicar los criterios definidos, adelantando un proceso de verificación y análisis técnico. Como resultado, para cada ESE se elaborará un concepto técnico-financiero que incluya la evaluación de los requisitos generales, el cumplimiento de los criterios de priorización y el análisis técnico y financiero de las propuestas presentadas.

Con base en ese concepto, el Ministerio comunicará a las ESE potencialmente beneficiarias los resultados, a partir de los cuales podrán ser consideradas para la asignación de recursos, según los lineamientos técnicos del proyecto de inversión. La decisión final se formalizará mediante acto administrativo donde se especifiquen las entidades beneficiarias, el monto asignado a cada una, los requisitos para el giro y el esquema de seguimiento a la ejecución de los recursos.

El proyecto agrega que, en caso de que los recursos asignados no se ejecuten o se ejecuten parcialmente por causas atribuibles a la ESE, no se efectuará una nueva asignación hasta que se reintegren los valores no ejecutados. Además, la asignación queda sujeta a la disponibilidad presupuestal de la vigencia fiscal correspondiente, al cumplimiento de las condiciones definidas y a la inexistencia de saldos pendientes de reintegro o incumplimientos de asignaciones anteriores. La resolución propuesta entrará en vigencia desde su expedición.

Descargue aquí el proyecto de resolución completo:

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