Listado de sustancias objeto de registro de control de venta al menudeo

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Según el último informe  emitido por El Instituto Nacional de Medicina Legal, sobre personas atacadas con ácido, muestra que desde el 2004 se han presentado 926 ataques, estos,  además de causar trauma psicológico, provocan dolor agudo, desfiguración permanente, posteriores infecciones y a menudo ceguera.  

En busca de prevenir y proteger a la población de los ataques con ácidos corrosivos y sustancias químicas fue expedida por el  Ministerio de Salud y  Protección Social  junto al Ministerio de Comercio Industria y Turismo la  Resolución  02715 de 2014.

En ese sentido, La  Resolución  02715 de 2014 establece un registro de control para la venta al público en concordancia a la Ley 1639 de 2013 que busca fortalecer las medidas de protección y prevención, según lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 3, donde se determinan los criterios de clasificación de los ácidos, álcalis, sustancias similares o corrosivas que produzcan algún daño al entrar en contacto con el tejido humano.
La base de la  Resolución  02715 de 2014 es la prevención  y se destaca la regulación a la venta de agentes químicos en establecimientos de comercio y su respectivo registro de control para la venta al menudeo de siete sustancias. La  Resolución  02715 de 2014  está  determinada  por   el consejo económico y social de las Naciones Unidas cuando en 1999  construyó la directriz denominada “SISTEMA GLOBALMENTE ARMONIZADO DE CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUIMICOS “ – SGA, la cual permite establecer los criterios de clasificación de dichas sustancias analizando los niveles de peligrosidad ambiental y física, pretendiendo mejorar la protección de la salud humana y del medio ambiente  estandarizando de alguna forma los peligros igualitarios desde un plano global .

El fin de la Resolución  02715 de 2014  es el de hacer seguimiento y control de la venta de sustancias como el ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido muriático, ácido fosfórico, ácido nítrico e hidróxido de sodio y mantener un  sistema de información que deberá registrar tanto la procedencia de los productos corrosivos como los compradores y los fines para los que sean vendidos, con el objetivo de hacer seguimiento a la venta de estas sustancias en el país y prevenir ataques de esta naturaleza.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tendrá funciones de inspección, vigilancia y control sobre la venta de estas sustancias.

 

Descargar Resolución  02715 de 2014

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