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Implementación del SIIFA y el Registro de Contratación en Salud – Nacería el portal de registro electrónico

Implementación del SIIFA y el Registro de Contratación en Salud
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Pronto se implementará el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial (SIIFA) y el Registro de Contratación del sector salud. El proyecto de decreto busca fortalecer la transparencia, la eficiencia y la trazabilidad de los recursos financieros en el sector salud, garantizando así el derecho fundamental.

Entre los cambios más relevantes se incluye la creación de un portal de registro electrónico para reportar intercambios comerciales y la integración de un sistema que agiliza la transmisión y evaluación de la información financiera, lo que acelerará el flujo de recursos dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Además, se establecen parámetros claros para la operación del SIIFA, que abarcará información administrativa, financiera y asistencial, y se detallan las responsabilidades de los diferentes actores del sistema de salud.

Las modificaciones del proyecto de decreto ajustarían el Decreto 780 de 2016, agregando la Parte 12 al Libro 2. Se añadiría el título “Sistema de Información Financiera y Asistencial y Registro de Contratación de servicios y tecnologías en salud”. El diseño e implementación del SIIFA quedará a cargo del Ministerio de Salud, así como y el portal del registro de contratación de servicios y tecnologías en salud, como un portal transaccional en línea para optimizar la trazabilidad de las operaciones. Asimismo, esto servirá para tener un mayor control sobre el uso de los recursos.

Dichos ajustes regirán sobre prestadores de servicios de salud (PSS), proveedores de tecnologías en salud (PTS), la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), la Superintendencia Nacional de Salud.

También aplicarán sobre las Entidades Responsables de Pago – ERP: entidades promotoras de salud, entidades adaptadas, entidades territoriales, administradoras de riesgos laborales en el componente salud, el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y los administradores de los regímenes Especial y de Excepción, cuando operen como pagadores de servicios y tecnologías a prestadores o proveedores.

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Como otros pagadores, se consideran a las compañías de seguros autorizadas para ofrecer pólizas del
Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT y las entidades que ofrecen planes voluntarios de salud.

¿Cómo funcionará el SIIFA según el proyecto de decreto?

En el SIIFA se condensará información administrativa, financiera y asistencial del sector salud. Su función principal será facilitar la transmisión de información relacionada con la prestación de servicios y tecnologías de salud esenciales en el proceso de atención médica a las personas. Con este propósito, el SIIFA incluirá la integración del registro de contratación de servicios y tecnologías en salud, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1966 de 2019.

Al mismo tiempo, el sistema se encargará de recibir los datos proporcionados por los facturadores electrónicos del sector salud a través de la plataforma del mecanismo único de validación del RIPS. Además, tendrá la capacidad de acceder a la información contenida en la factura electrónica de venta en salud generada en el contexto de las interacciones entre los diferentes actores del sistema involucrados. Y sumado a lo anterior, tendrá acceso a la factura electrónica de venta comercial que se genere dentro del relacionamiento de los participantes del sector salud.

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“El SIIFA registrará la secuencia de las transacciones entre los agentes del sector salud permitiendo identificar y evaluar la información de las mismas con el propósito de agilizar el flujo de recursos en la oportunidad prevista en la normatividad vigente y la transparencia de las actuaciones de las entidades participantes. En el SIIFA se registrarán las transacciones de los pagos y giros realizados por la ADRES”, explica el proyecto de decreto.

Detalles sobre el Registro de Contratación de Servicios y Tecnologías en Salud

Como parte del SIIFA, se implementará el portal de registro electrónico de contratos de servicios y tecnologías en salud, herramienta que será obligatoria para los participantes del sistema de salud que manejen recursos.

El registro de contratación será configurado como un módulo dentro del SIIFA alojado en el portal transaccional en línea. La responsabilidad del diseño, implementación y operación recaerá en el Ministerio de Salud y Protección Social. Una vez que los acuerdos de voluntades estén perfeccionados, la entidad encargada de los pagos ingresará los detalles acordados según la estructura de información, compuesta por tres grupos de datos:

  • Datos generales del contrato, la identificación de las partes, la modalidad de pago, la vigencia, los anticipos, las novedades, el valor inicial y los valores adicionales que se pacten.
  • Datos de servicios y tecnologías en salud contratados, descritos bajo la codificación vigente.
  • Datos sobre la ejecución del contrato, como resultado de la información de valores facturados, generación y trámite de glosas, pagos y saldos, para lo cual se reportará esta información en el SIIFA a través de los mecanismos y herramientas dispuestas, sin perjuicio del cumplimiento de los trámites a cargo de las partes.

“Este registro de información, deberá ser validado y aceptado por parte de los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologías en salud para su cargue en SIIFA. La periodicidad del registro de esta información obedecerá a las necesidades de ejecución del contrato y deberá ser actualizada al momento de generarse la información según corresponda”.

Cabe anotar que, el Ministerio de Salud también tendrá como responsabilidad establecer los estándares de datos, el procedimiento de cargue de la información, así como el contenido de la información relevante sobre la ejecución de los contratos, a ser dispuesta a la consulta del público.

“La información de la atención de urgencias y de eventos atendidos sin contrato que surja entre los participantes del sistema será la reportada mediante la FEV en salud y el RIPS soporte de la misma, y dispuesta en el SIIFA a través de la plataforma del mecanismo único de validación del Ministerio de Salud y Protección Social”, se lee en el documento.

Para conocer la información completa, lo invitamos a leer y descargar el proyecto de decreto:

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