Gobierno Fijó nuevos lineamientos para detección temprana del Covid-19

Colombia define nuevas estrategias para EPS, IPS y profesionales de la salud en la detección temprana del COVID-19.
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Mediante la circular 19 de 2020 el Gobierno Nacional fijó las directrices que deben tener  las EPS, IPS y profesionales de la salud  para la detección temprana del Covid-19.

La circular 19 de 2020 recoge el consenso colombiano de atención, diagnóstico y manejo de la infección por SARS-CoV-2/COVID-19 a través de recomendaciones unificadas que definen la ruta que debe tener el personal médico para la realización de dichas pruebas, basadas en los lineamentos ya definidos por el gobierno colombiano.

“Este es un proceso de fast track con el Invima para que en dos días se pueda tener la aprobación de estas pruebas rápidas. A partir del primero de abril Colombia contará con por lo menos 350 mil pruebas semanales gracias a la gestión adelantada por el Ministerio de Salud”, aseguró el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez.

De igual forma, “permiten la optimización de recursos ayudando a los profesionales de salud en la toma de decisiones en cuanto aislamiento, realización de prueba diagnóstica confirmatoria y tratamiento”. Estas son capaces de indicar una posible infección reciente o en curso, pero son mucho más precisas descartando casos negativos.

¿Cuál es el procedimiento que se realiza luego que un paciente es positivo para Covid-19?

Según el Ministro de Salud, Fernando Ruiz, en caso que la prueba rápida de detección de anticuerpos resulte positiva, se debe realizar la prueba confirmatoria con RT-PCR.  Así mismo, si esta también arroja un resultado positivo, se debe dar manejo de acuerdo a los lineamientos, protocolos y guías establecidas por ese ministerio.

Sin embargo, si la prueba rápida  es negativa, aunque no requiera prueba confirmatoria, la persona debe  entrar en aislamiento obligatorio por mínimo 15 días bajo vigilancia médica.

Si la exposición es confirmada y hay síntomas, se debe realizar de entrada la prueba diagnóstica con RT-PCR. Todo bajo protocolos establecidos por Minsalud.

Finalmente Ruiz ha ratificado que inicialmente la presencia de fiebre era una condición necesaria para sospechar la infección por COVID-19, la evidencia más reciente “ha mostrado que hasta en el 10% de los casos la infección puede cursar sin fiebre”. Por lo cual, se considera sospechar la infección con la presencia de dos o más síntomas respiratorios con o sin fiebre, esto teniendo como necesidad la presencia de un nexo epidemiológico o contacto estrecho, tal como lo establece el INS.

Para la detección temprana resalta que, por el momento, “no se recomienda realizar diagnósticos de SARS-CoV-2 por medio de pruebas serológicas, dado que aún están en investigación y su uso está recomendado principalmente para tener idea sobre la tasa de ataque de la epidemia de manera retrospectiva”.   

El documento destaca que los casos positivos de COVID-19 deben ser siempre sometidos a la prueba estándar de oro para la confirmación diagnóstica (prueba por RT-PCR).

Documento Adjunto​

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