Directrices para la atención temprana del coronavirus

La circular 05 del 2020, emitida por el Ministerio de Salud da directrices para el control y la atención ante la posible introducción del nuevo coronavirus.
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La circular 05 del 2020, emitida por el Ministerio de Salud da directrices para el control y la atención ante la posible introducción del nuevo coronavirus, también implementa los planes de preparación y respuesta ante este riesgo.

Acciones de vigilancia en IPS

En primera instancia, estas instituciones deben fortalecer e intensificar la vigilancia de las enfermedades respiratorias agudas y graves, así como los eventos inusuales asociadas a infecciones respiratorias.

En segundo lugar, deben aplicar el protocolo de vigilancia en salud pública para las infecciones respiratorias agudas y graves estipuladas en la ficha 348, disponible en el sitio web del Instituto Nacional de Salud. Si llegase a aparecer un brote de coronavirus este debe ser reportado inmediatamente al INS, así como cualquier caso de infección respiratoria de un ciudadano que proceda de las zonas del mundo afectadas por el virus.

En tercer lugar, se deben enviar las muestras de los casos probables a los laboratorios institucionales de acuerdo con el algoritmo de identificación publicado en el manual de procedimientos para la toma de conservación y envío de muestras del LNR.

En caso de que el resultado del panel respiratorio viral y bacteriano sean negativos se debe enviar la muestra al laboratorio de salud pública da la entidad territorial correspondiente.

Acciones en entidades territoriales

  1. Divulgar los protocolos e instructivos que se emitan para la vigilancia intensificada de la introducción del coronavirus.
  2. Reportar inmediatamente todos los casos al Centro Nacional de Enlace  -CNE-, al equipo de Respuesta Inmediata del INS y al sistema de vigilancia en salud pública –SIVIGILA conforme a las directrices de la circular 30 de 2018.
  3. Hacer seguimiento y búsqueda de los posibles contactos de casos probables de IRA por nuevo subtipo de coronavirus.
  4. Estudiar todos los casos probables que ocurran, incluyendo aquellos notificados en los profesionales de salud.

En este sentido, el INS reportará al CNE diariamente el número de alertas reportadas y evaluadas. Con todos los detalles del caso de manera inmediata, del mismo modo, el INS apoyará a investigación de casos y la búsqueda de contactos cuando así lo requieran las entidades territoriales.

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Acciones de laboratorio para la confirmación de casos

En IPS: Realizar el análisis confirmatorio del agente etiológico en todas las personas que cumplan con la definición del caso, enviar las muestras al laboratorio de salud pública de la entidad territorial correspondiente cuando los resultados de los paneles virales y bacterianos sean negativos, y finalmente, deben fortalecer las medidas de preocupaciones estándar en el manejo de todos los pacientes establecidos en el Manual de Medidas Básicas para Control de Infecciones en IPS.

En Entidades territoriales: Establecer  con  las  EAPB  de  su territorio,  las  rutas  de  atención  y  acceso  a  las pruebas diagnósticas  requeridas  para el estudio de otros agentes  infecciosos o no infecciosos, remitir al Laboratorio Nacional de Referencia (LNR) del INS, las muestras recibidas de las IPS que obtuvieron resultados  negativos al aplicar el panel viral y bacteriano y capacitar a  la  red de  laboratorios en  la toma, diagnóstico,  interpretación  de  las pruebas y envío de muestras.

Acciones para la atención y prestación de los servicios de salud

En el caso de las IPS, se deben implementar estrategias que permitan la tamización de sintomáticos respiratorios, estos deben realizarse al ingreso del paciente, también se debe adecuar zonas especiales en las áreas de triage para los casos sospechosos y tener reservado un plan de contingencia, así como aplicar los protocolos establecidos.

Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios –EAPB- por su parte deben difundir información entre los afiliados sobre las redes de servicios de atención de la IRA.

También, deben verificar la capacidad técnica y administrativa de la red de prestadores de su jurisdicción para garantizar la atención de estos casos, así como promover la implementación de estrategias para una atención oportuna

Finalmente, deben coordinar acciones de prevención pertinentes.

Acciones en los puntos de entrada y pasos fronterizos

  1. Capacitar al personal responsable de las operaciones en el punto de entrada sobre las medidas de prevención y brindar recomendaciones para la actuación y el manejo del nuevo coronavirus (2019-nCoV).
  2. Mantener actualizado el plan de emergencias  y contingencias del punto de entrada.
  3. Activar el plan de emergencia de punto de entrada una vez se identifique un caso en los procedimientos de tamizaje de viajeros.
  4. Brindar información permanente  a los usuarios del servicio portuario respecto a las medidas estándares de protección en caso de infección respiratoria
  5. Disponer de los suministros de jabón y toallas de papel o secadores de manos en los baños, así como tapabocas.
  6. Mantener las condiciones sanitarias e higiénicas de los medios de transporte.
  7. Brindar a los viajeros y tripulantes de sus servicios las recomendaciones frente a la prevención y medidas de protección   en salud relacionada con las infecciones respiratorias.
  8. Reportar los eventos de interés en salud pública que sean detectados durante el transporte.
  9. Aplicar las medidas de salud pública recomendadas por la autoridad sanitaria en aquellas situaciones que así lo ameriten.

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