La Corte Constitucional estableció que la demanda de la ciudadana Natalia Bernal que pedía analizar la posibilidad de penalizar totalmente el aborto en el país, basándose en argumentos como que el aborto inducido afecta la dignidad, la integridad psicológica y física de las mujeres y además, pone en peligro la conciencia y la salud mental de los médicos que realizan, no cumplía con los argumentos suficientes para realizar un nuevo pronunciamiento al respecto, ya que el aborto está legalizado bajo tres causales explicitas en la sentencia C-355 de 2006.
Se concluyó entonces que no resultaba viable jurídicamente volver a analizar la constitucionalidad de la norma acusada, así mismo, la corte aseguró que para que se vuelva a estudiar una norma que ya fue objeto de control de constitucionalidad deben existir razones y argumentos de peso, y no genéricos ni personales como los que se establecieron en la demanda.
Tampoco se despenalizó la Interrupción Voluntaria del Embarazo –IVE-
El magistrado Alejandro Linares, en contraparte, presentó una ponencia de fallo que buscaba que la IVE fuera totalmente despenalizada hasta la semana 16 de gestación, es decir se buscaba un cambio de fondo en el código penal colombiano, no obstante, 6 de los 9 magistrados dieron su voto en contra de esta ponencia.
Los datos presentados en la demanda de Bernal, llevaron a concluir a Linares que el establecimiento del aborto como delito no es una variable que influya en las tasas realización del procedimiento. Es decir, que el hecho de que sea un delito penalizado por ley no ha detenido a las mujeres que necesitan realizarse a este procedimiento.
La ponencia destaca que la Fiscalía, encargada de la persecución penal del delito de aborto, reportó que se ha incurrido en este delito 5.833 veces entre 1998 y 2019, lo que contrasta frente los 400.412 abortos que calcula se realizan anualmente en el país.
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Conclusiones del tema
Además, Linares, resaltó que según las cifras dadas por Bernal el tipo de IVE más recurrente es el clandestino, y que una penalización total de este procedimiento solo desembocaría en obligar a las mujeres a someterse a procedimientos cada vez más peligrosos. Específicamente, en los últimos 21 años, por cada 1.440 abortos realizados, se ha abierto solo una investigación.
Además, tratados internacionales firmados por Colombia, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de la Mujer, ha estipulado que la tipificación del delito de aborto es una forma de discriminación de género.
Finalmente, Linares le pidió al Congreso legislar sobre el aborto, por ser un tema de gran importancia, ya que a la fecha ningún proyecto de despenalización se ha vuelto ley. Y la Corte Constitucional se ve impedida para hacer pronunciamientos sobre una sentencia que ya se estipuló.