Cannabis para uso medicinal, aprobado por la ONU

La votación de 53 países y la evidencia científica apoyan la decisión de la ONU que abre la puerta a nuevos medicamentos y desarrollos médico-científicos
Cannabis para uso medicinal, aprobado por la ONU
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La Organización de Naciones Unidas (ONU) ha marcado un nuevo camino con el reconocimiento de las propiedades medicinales del cannabis. La decisión, a la que se llegó tras una votación de los miembros de la Comisión de Estupefacientes, significa que se retira el cannabis y su resina de la Lista IV de la Convención sobre drogas de 1961. Sin embargo, su uso recreativo se mantendrá prohibido en la legislación internacional.

Al reconocer los beneficios -existentes y potenciales- para la salud, se asegura una mayor facilidad para la investigación y el desarrollo de posibles fármacos elaborados con cannabis o su principio activo. Sobre este aspecto, vale la pena mencionar que la ONU cede el control de esta sustancia a la regulación de cada país, en caso de que se adhieran a la nueva posición del organismo internacional.

En el comunicado de prensa oficial, la ONU asegura que la votación se realizó tras una evaluación científica independiente realizada por algunos de los principales expertos -convocada por la OMS entre 2017 y 2018-, en la que se analizaron pruebas científicas y testimonios de individuos provenientes de todas las regiones del mundo. Para que se apliquen los nuevos parámetros que facilitan el uso científico del cannabis, la OMS tiene la responsabilidad exclusiva de unificar las recomendaciones presentadas y hacerlas efectivas dentro del derecho internacional.

“La eliminación de la Lista IV es, por lo tanto, una noticia fenomenal para millones de pacientes en todo el mundo y una victoria histórica de la ciencia sobre la política”

Adicionalmente, desde las Naciones Unidas se informó que la OMS ha propuesto una estrategia que flexibilizará el marco de los tratados para el acceso y la disponibilidad de los medicamentos de cannabis.

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Cannabis medicinal: una victoria de 53 países de la ONU

Se requirieron 60 años y los cambios de paradigma de 53 países miembros de la Organización de Naciones Unidas para que se diera un nuevo lugar, con mayores garantías al cannabis utilizado desde el ámbito sanitario o científico. En total, se cuentan 10 países de América Latina y el Caribe, 11 de África, 12 de Asia y el Pacífico, 6 de Europa Oriental y 14 de Europa Occidental y otras regiones (grupo que incluye a Estados Unidos).

El esquema de las recomendaciones sobre el cannabis y sustancias relacionadas con el cannabis formuladas en las reuniones 40ª y y 41ª del Comité de Expertos en Farmacodependencia de la OMS es el siguiente:

  • 5.0: Los preparados considerados como cannabidiol puro no deben figurar en las listas de las convenciones. Esta recomendación no está sujeta a votación pero facilita la comprensión del ítem 5.5.
  • 5.1: Suprimir el cannabis y la resina de cannabis de la Lista IV de la Convención sobre drogas de 1961.
  • 5.2.1: Añadir el dronabinol y sus estereoisómeros (delta-9-THC) a la Lista I de la Convención de 1961.
  • 5.2.2: Si el ítem 5.2.1 es adoptado, eliminar el dronabinol y sus estereoisómeros (delta-9-THC) de la Lista IV de la Convención sobre drogas de 1961.
  • 5.3.1: Si el ítem 5.2.1, añadir el tetrahidrocannabinol a la Lista I de la Convención sobre drogas de 1961.

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  • 5.3.2: Si el punto 5.3.1 es adoptado, eliminar el tetrahidrocannabinol de la Lista IV de la Convención sobre drogas de 1961.
  • 5.4: Eliminar los extractos y tinturas de cannabis de la Lista I de la Convención de 1961.
  • 5.5: Añadir una nota en las preparaciones con cannabidiol a la Lista I de la Convención de 1961 en la que se lea: “Los preparados que contengan predominantemente cannabidiol y no más del 0,2% de delta -9-tetrahidrocannabinol no están sujetos a vigilancia internacional”.
  • 5.6: Añadir las preparaciones que contengan dronabinol, ya sea por síntesis química o como preparaciones de cannabis creadas como preparados farmacéuticos (con uno o más ingredientes, el dronabinol no pueda recuperarse por medios fácilmente disponibles o en un rendimiento que constituya un riesgo para la salud pública) a la Lista III de la Convención sobre drogas de 1961.

Colombia votó “SÍ” a los ítems 5.1, 5.2.1 y 5.4. El único voto negativo dado por el país lo entregó al ítem 5.5, de acuerdo con los registros de la ONU sobre estos comicios. Por su parte, Estados Unidos, uno de los países con mayor consumo de cannabis registra dos votos afirmativos (puntos 5.1 y 5.4) y dos votos negativos (5.2.1 y 5.5).

“Aunque creemos que era inevitable corregir el registro – la abrumadora evidencia no llevaría a ningún otro resultado – el hecho de que los gobiernos no acepten las propuestas más avanzadas de la OMS es decepcionante y representa una oportunidad perdida para hacer que el tratado se ajuste mejor a los propósitos”, concluye el comunicado de prensa de la ONU.

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