Afectados por liquidación de EPS podrán iniciar acciones legales

Este proyecto de ley busca garantizar que los terceros afectados económicamente por la liquidación de una EPS puedan iniciar acciones legales
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Este proyecto de ley busca garantizar que los acreedores y terceros afectados económicamente por la liquidación de una EPS, puedan iniciar acciones judiciales en contra de los administradores y socios principales de dichas empresas.

Este proyecto se enmarca en la inestabilidad financiera que tiene el sector salud como principal problema, a esto se le suma la liquidación de distintas EPS que dejan una gran cantidad de pasivos por pagar, afectando directamente a trabajadores, IPS y proveedores de medicamentos y tecnologías de salud.

Teniendo en cuenta lo anterior, la calidad del servicio ofrecido a los pacientes empieza a disminuir debido a que generalmente estos acreedores son quienes prestan los servicios de salud y dispensan los medicamentos al beneficiario final

Justificación del proyecto en cifras

664 mil millones de pesos es la cifra aproximada de las deudas sin pagar de las 17 EPS liquidadas hasta la fecha. Esta cifra podría aumentar si se tiene en cuenta que 6 Entidades Promotoras de Salud cuya liquidación no ha finalizado adeudan 4.05 billones de pesos.

Para esta cantidad de dinero no existe certeza de pago, ya que la información preliminar reportada por las EPS confirma que no cuentan con los activos suficientes.

Con el fin de evitar que estas deudas pendientes de pago no conduzcan a la quiebra de trabajadores, IPS y proveedores de medicamentos y tecnologías en salud, y que tampoco sean asumidas por todos los ciudadanos con cargo al erario público, se  propone mediante este proyecto que aquellos administradores, socios, controlantes y entidades matrices que con sus actuaciones fraudulentas o culposas hayan generado la liquidación de las EPS, respondan con su propio patrimonio por las deudas que no puedan pagarse una vez finalizada la liquidación.

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Medidas que se adoptarían

  • establecería la responsabilidad subsidiaria y presunta de los controlantes y matrices de grupos empresariales a los que pertenezca una EPS cuando esta sea liquidada y queden pasivos pendientes de pago, esta responsabilidad deberá ser declarada en un proceso judicial, tal como ocurre en el régimen de insolvencia empresarial comercial.
  • Se adoptarían estándares de acreditación para la administración financiera sostenible y eficiente de las EPS.
  • consagraría una acción judicial para que los socios, administradores, revisores fiscales y empleados respondan patrimonialmente por el pasivo insoluto de la EPS liquidada, a la cual se encontraban vinculados siempre que con sus actuaciones u omisiones hayan contribuido a la liquidación de la entidad.
  • Se impone como deber a los interventores de las EPS que inicien las acciones judiciales en contra de controlantes, matrices, socios, administradores, revisores fiscales y empleados cuando existan indicios graves de que la liquidación se produjo por las actuaciones de estos.
  • Se consagra el deber del Ministerio Público de participar en los procesos judiciales aquí consagrados en representación de los intereses colectivos y de la sostenibilidad del Sistema de Salud.

Es preciso señalar, que la senadora Laura Fortich es quien radicó este proyecto de ley ante el senado en representación del partido Liberal

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