Perú actualiza reglas para supervisar las transferencias financieras del Seguro Integral de Salud

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El Seguro Integral de Salud de Perú aprobó la Directiva N.° 001-2026-SIS/GNF-V.01, que actualiza las reglas para el monitoreo, supervisión y seguimiento de las transferencias financieras destinadas al aseguramiento público en salud.
Perú actualiza reglas para supervisar las transferencias financieras del Seguro Integral de Salud

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El Seguro Integral de Salud de Perú actualizó las disposiciones que regulan el seguimiento de sus transferencias financieras mediante la Directiva N.° 001-2026-SIS/GNF-V.01. La medida fue aprobada mediante una Resolución Jefatural publicada el 23 de septiembre de 2026 en el Diario Oficial El Peruano.

La nueva regulación establece el marco institucional para el monitoreo, supervisión y seguimiento de los recursos financieros que administra y transfiere el SIS. Su aprobación reemplaza la Directiva N.° 008-2024-SIS/GNF-V.05, que regulaba hasta ahora estos procesos dentro de la entidad.

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SIS actualiza el marco para seguir los recursos transferidos

El SIS funciona como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud pública y está adscrito al Ministerio de Salud. Entre sus funciones se encuentra recibir, captar y gestionar recursos destinados a financiar la cobertura de las atenciones y riesgos de salud de sus asegurados.

La legislación peruana también establece que los recursos destinados al financiamiento de los regímenes subsidiado y semicontributivo son administrados por el SIS. Estos fondos respaldan las obligaciones derivadas del aseguramiento universal en salud y pueden ser transferidos en el marco de los mecanismos establecidos por la normativa vigente.

El SIS suscribe convenios con instituciones prestadoras de servicios de salud públicas, unidades de gestión de prestadores, gobiernos regionales y otras IAFAS públicas para realizar transferencias de fondos o pagos vinculados con prestaciones de salud y actividades administrativas dirigidas a sus asegurados.

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Este componente financiero también ha sido relevante en decisiones recientes del sistema peruano. En agosto, CONSULTORSALUD informó sobre nuevas transferencias del SIS destinadas a financiar atención oncológica y enfermedades de alto costo, un ejemplo del papel que cumplen estos recursos dentro del aseguramiento público.

Cuatro elementos motivaron la actualización de la directiva

La Gerencia de Negocios y Financiamiento sustentó técnicamente la necesidad de modificar la regulación institucional que se encontraba vigente. El documento identifica varios cambios relacionados con la gestión presupuestaria y las herramientas utilizadas para seguir los recursos.

Entre los aspectos considerados por el SIS se encuentran

  • modificaciones efectuadas en las cadenas programáticas
  • incorporación de nuevos clasificadores de gasto
  • implementación de herramientas digitales
  • delimitación de las actividades de monitoreo y supervisión financiera

Estos elementos forman parte del sustento presentado para aprobar la Directiva N.° 001-2026-SIS/GNF-V.01. La resolución no atribuye la actualización a irregularidades detectadas ni establece que la medida responda a incumplimientos previos por parte de las instituciones que reciben los recursos.

Las transferencias están sujetas a monitoreo y seguimiento

La Ley de Presupuesto del Sector Público para 2026 autoriza al SIS a efectuar transferencias financieras para cubrir el costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados. La misma disposición establece que la entidad que efectúa la transferencia es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron asignados los recursos.

Los recursos deben utilizarse exclusivamente para los fines autorizados. Este marco constituye parte de la base normativa sobre la cual opera la nueva directiva y explica la responsabilidad institucional del SIS sobre el seguimiento de los fondos que transfiere.

La regulación no corresponde, por tanto, a la aprobación de una nueva transferencia de dinero. La decisión modifica las disposiciones utilizadas por el SIS para monitorear, supervisar y hacer seguimiento a las transferencias financieras que realiza dentro del aseguramiento público.

El cambio forma parte de una actualización más amplia que también considera la estructura presupuestaria y los clasificadores utilizados para gestionar los recursos. La norma busca, además, delimitar las actividades que corresponden al monitoreo y aquellas que forman parte de la supervisión financiera.

La regulación vigente desde 2024 queda sin efecto

La Resolución Jefatural N.° 000154-2026-SIS/J deja sin efecto la Directiva N.° 008-2024-SIS/GNF-V.05 y sus anexos, aprobados mediante la Resolución Jefatural N.° 000165-2024-SIS/J. Ese documento contenía hasta ahora las disposiciones para el monitoreo, supervisión y seguimiento de las transferencias financieras del SIS.

La actualización de 2026 no se limita, por tanto, a modificar un artículo específico de la regulación anterior. El SIS aprobó una nueva directiva y sustituyó formalmente el marco que se encontraba vigente desde 2024. La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emitió opinión técnica favorable sobre la propuesta, mientras que la Oficina General de Asesoría Jurídica consideró jurídicamente viable la aprobación del nuevo documento normativo.

¿Quién deberá implementar las nuevas disposiciones?

La Gerencia de Negocios y Financiamiento será la encargada de adoptar las acciones necesarias para implementar y ejecutar las disposiciones contenidas en la nueva directiva. Esta dependencia es responsable de la gestión financiera de los diferentes seguros administrados por el SIS.

La resolución también dispone que el documento sea notificado a los órganos del Seguro Integral de Salud para su conocimiento y aplicación. Además, ordena publicar la directiva y sus anexos en el portal institucional de la entidad. Dentro del nuevo marco, el seguimiento financiero continuará vinculado al uso de los recursos para los fines autorizados, bajo las disposiciones definidas por la Directiva N.° 001-2026-SIS/GNF-V.01.

¿Qué cambia desde ahora en el seguimiento financiero del SIS?

Desde la aprobación de la nueva directiva, el SIS contará con un marco actualizado para desarrollar el monitoreo, supervisión y seguimiento de sus transferencias financieras. La regulación incorpora los cambios en cadenas programáticas y clasificadores de gasto señalados por la entidad, junto con herramientas digitales y una delimitación de las actividades de monitoreo y supervisión.

La Resolución Jefatural N.° 000154-2026-SIS/J fue publicada oficialmente el 23 de septiembre de 2026 y dispone que la Gerencia de Negocios y Financiamiento adelante las acciones correspondientes para implementar el nuevo marco. Con ello, queda sustituida la directiva aprobada en 2024 y entra en funcionamiento la regulación institucional actualizada para el seguimiento de las transferencias financieras del Seguro Integral de Salud.

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