Tribunal ordena frenar de forma provisional la intervención de Coosalud EPS: estos son los detalles

Compartir noticia:

Tribunal ordena frenar de forma provisional la intervención de Coosalud EPS estos son los detalles

Escucha esta noticia

Cargando audio...

Descargue al final el auto completo

La intervención de Coosalud EPS fue suspendida de forma provisional por el Tribunal Administrativo de Bolívar, que dejó sin efecto, por ahora, las resoluciones con las que la Superintendencia Nacional de Salud había tomado el control de la entidad en noviembre de 2024 y extendido esa medida en noviembre de 2025. La decisión quedó consignada en el Auto Interlocutorio 072 de 2026, firmado el 14 de abril en Cartagena por el magistrado Luís Miguel Villalobos Álvarez.

El proceso fue promovido por Red Integrada de Prestadores de Servicios de Salud S.A.S. – Multiservicios OL S.A.S., Jaime Miguel González Montaño y Natalia Largo González, quienes acudieron a la justicia para pedir la protección del derecho colectivo a la moralidad administrativa. En su solicitud reclamaron la suspensión de las resoluciones que ordenaron la intervención y su prórroga, y pidieron que la administración, dirección y representación legal de la EPS regresaran a quienes estaban al frente antes del 22 de noviembre de 2024.

Según el documento, los demandantes sostuvieron que la intervención se prolongó sin alcanzar los resultados esperados y que, durante su ejecución, hubo cambios constantes en la dirección de la EPS. También señalaron que la Superintendencia justificó la medida al indicar que, a julio de 2024, Coosalud solo había ejecutado el 6% de su plan de acción, pero que no valoró de manera completa otros avances reportados por la entidad.

En su petición, los accionantes también afirmaron que, durante la intervención, aumentaron las dificultades para los usuarios y se agravó la situación de la EPS. Como soporte, citaron un aumento del 32% en las peticiones, quejas y reclamos, 20.216 acciones de tutela y 3.943 incidentes de desacato solo en 2025.

¿Qué revisó el tribunal antes de suspender la intervención de Coosalud EPS?

Antes de tomar la decisión, el tribunal explicó que este tipo de medidas urgentes pueden adoptarse cuando hay señales de una afectación actual o inminente sobre un derecho colectivo. En este caso, la revisión se centró en los efectos que tuvo la intervención sobre Coosalud y en si su continuidad podía seguir generando problemas mientras se resuelve de fondo el proceso.

El auto recuerda que la Superintendencia Nacional de Salud sí tiene la facultad de intervenir EPS cuando detecta problemas en su funcionamiento, en su situación financiera o en la prestación del servicio. Sin embargo, también precisa que se trata de una medida excepcional y temporal, pensada para corregir fallas, recuperar la entidad o definir si puede seguir operando en condiciones adecuadas.

En el caso de Coosalud, la decisión judicial señala que la intervención se adoptó con la intención de corregir problemas administrativos y financieros, asegurar la atención de los afiliados y estabilizar la operación de la EPS. Pero, al revisar lo ocurrido desde noviembre de 2024, el tribunal concluyó que el plan de acción no mostró resultados satisfactorios y que no se evidenció una mejoría en la gestión de la entidad.

El documento también deja constancia de que, durante ese periodo, varios hechos fueron puestos en conocimiento de los organismos de control y quedaron incorporados al expediente. Entre ellos aparecen cambios repetidos en la cabeza de la intervención, deterioro de indicadores y actuaciones de la Procuraduría sobre la situación de la EPS.

Cifras y hechos reportados durante la intervención

Entre los datos consignados en el expediente, el tribunal destacó los siguientes puntos

  • Entre noviembre de 2024 y noviembre de 2025 fueron designados cinco agentes interventores distintos, en medio de nombramientos y renuncias sucesivas.
  • La Procuraduría General de la Nación, en actuación del 12 de marzo de 2026, reportó hallazgos administrativos, financieros y jurídicos sobre el estado de Coosalud durante la intervención.
  • A 31 de diciembre de 2025, las peticiones, quejas y reclamos llegaron a 107.252, con un aumento del 32% frente a 2024.
  • Las acciones de tutela relacionadas con la prestación del servicio pasaron de 16.771 en 2024 a 20.216 en 2025, lo que representó un incremento del 21%.
  • El indicador de siniestralidad subió del 115% en 2024 al 126% a noviembre de 2025.
  • La liquidez cayó de 1,53 en 2023 a 0,70 al cierre de 2024.
  • Las cuentas por cobrar con más de 180 días pasaron de $66.188.188.195 en 2023 a $274.700.537.931 al cierre de 2024.
  • El patrimonio pasó de $283.522 millones a -$859.167 millones.

El auto también menciona que el Procurador Delegado Disciplinario de Instrucción Tercero para la Vigilancia Administrativa suspendió provisionalmente por tres meses al agente interventor Alexander Mesa Romero. Según el documento, esa decisión se apoyó en informes que advertían afectaciones en la prestación de los servicios de salud, en la situación financiera de la EPS y en la red asistencial.

La decisión del tribunal y las órdenes de seguimiento

Con esos elementos, el Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó suspender provisionalmente la Resolución No. 2024320030015228-6 del 22 de noviembre de 2024, mediante la cual la Superintendencia Nacional de Salud dispuso la toma de posesión de bienes, haberes y negocios de Coosalud EPS y ordenó su intervención. También suspendió la Resolución No. 2025320030011347-6 del 21 de noviembre de 2025, que prorrogó esa medida por un año adicional.

La decisión señala además que las cosas deberán volver al estado en que se encontraban al momento de la expedición de esos actos, mientras se toma una determinación de fondo dentro del proceso. El auto añade que, al momento de prorrogar la intervención, no se explicó ni se precisó la relación entre el aumento de los indicadores negativos y la continuidad de la medida.

Para acompañar esta etapa, el tribunal ordenó que la Contraloría General de la República ejerza vigilancia administrativa, financiera y técnica sobre el funcionamiento de Coosalud. La misma instrucción fue impartida a la Procuraduría General de la Nación, cada una dentro de sus competencias.

El magistrado aclaró que esta determinación no resuelve todavía el fondo del caso. Por ahora, lo que hizo el tribunal fue suspender provisionalmente la intervención mientras continúa el trámite de la acción popular presentada contra la Superintendencia Nacional de Salud y el agente interventor de Coosalud EPS.

El auto deja planteado un punto central sobre la situación de Coosalud; una medida adoptada para corregir fallas administrativas y financieras terminó siendo revisada por el tribunal a la luz de resultados que, según el expediente, mostraron más quejas de usuarios, más tutelas, inestabilidad en la dirección y un deterioro en varios indicadores de la EPS. En ese contexto, la suspensión provisional ordenada por el Tribunal Administrativo de Bolívar abre una nueva etapa de control sobre la entidad, con seguimiento de la Contraloría y la Procuraduría, mientras se resuelve de fondo si la intervención cumplió o no con los objetivos para los que fue adoptada.

Descargue aquí el auto completo:



Compartir noticia:

Temas relacionados

suscríbete-consultorsalud-2023 (opt)

Recibe actualizaciones del sector salud directamente en tu correo electrónico.

RELACIONADAS

Otras noticias para ti

¡Gracias por suscribirte!

Desde ya haces parte de la familia de CONSULTORSALUD,  por favor revisa tu bandeja de correo electrónico, te hemos enviado un mensaje de bienvenida.