Licencias de Maternidad y Paternidad: Colombia Avanza hacia una Mayor Inclusión y Flexibilidad con el Decreto 2126 de 2023

Licencias de Maternidad y Paternidad Colombia Avanza hacia una Mayor Inclusión y Flexibilidad con el Decreto 2126 de 2023

En una decisiva actualización normativa que refleja el compromiso de Colombia con la protección de la familia y la equidad de género en el ámbito laboral, el Decreto 2126 del 12 de diciembre de 2023 introduce cambios significativos en las licencias de maternidad y paternidad, así como en las licencias parentales.

Este decreto, que sustituye capítulos clave del Decreto 780 de 2016, no solo reconoce la importancia del cuidado y amor hacia los niños como un derecho fundamental, sino que también busca equilibrar las responsabilidades de cuidado entre madres y padres, promoviendo una participación más activa de ambos en la crianza y bienestar psicológico de sus hijos. Además, se abordan aspectos cruciales como la protección a la mujer en el trabajo y la inclusión de nuevas modalidades de licencia parental, tales como la compartida y la flexible de tiempo parcial, que permiten una mayor adaptabilidad y apoyo en momentos críticos para la familia colombiana.

El Decreto 2126 de 2023, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, reglamenta las Leyes 2114 y 2174 de 2021, que contemplan la licencia parental compartida, la licencia parental flexible de tiempo parcial y la licencia para el cuidado de la niñez. Este decreto entró en vigencia el 12 de diciembre de 2023 y permite a los beneficiarios solicitar el reconocimiento y pago de estas prestaciones económicas a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y entidades adaptadas a las que se encuentren afiliados.

El Decreto 2126 de 2023 establece condiciones para el reconocimiento y pago de las licencias de maternidad, paternidad, parentales en sus diferentes modalidades, y la licencia para el cuidado de la niñez. También reglamenta las condiciones para el reconocimiento de una licencia en los casos de aborto, parto no viable o la interrupción del embarazo en los casos previstos por las Sentencias de la Corte Constitucional C-355 de 2006 y C-055 de 2022.

Además, el decreto aborda disposiciones aclaratorias de las condiciones de pago de licencias de maternidad y paternidad con aportes extemporáneos y establece precisiones para manejar el trámite de expedición del certificado de licencia de maternidad en casos de partos no institucionales. 

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También amplía el término para que las EPS y entidades adaptadas presenten ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) la subsanación de glosas impuestas a las licencias objeto de cobro, de 2 a 6 meses.El Decreto 2126 de 2023 introduce las siguientes licencias:

  • La licencia parental compartida permite a la pareja distribuir de mutuo acuerdo las últimas seis semanas de la licencia de maternidad.
  • La licencia parental flexible permite cambiar un periodo determinado de la licencia de maternidad o de la licencia de paternidad, para alternarla con trabajo de medio tiempo.
  • La licencia para el cuidado de la niñez permite solicitar a las EPS y entidades adaptadas el reconocimiento y pago de la licencia de 10 días hábiles al año para destinarlos al cuidado de la niñez.

Finalmente, el decreto permite a las EPS adelantar ante la ADRES la recuperación de los recursos de las cerca de 22.000 licencias de maternidad y paternidad que les fueron glosadas antes y durante la vigencia del Decreto 1427 de 2022, estimados en $80.000 millones de pesos

Descargue Licencias parentales Decreto 2126 de 2023

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