El presente Decreto busca establecer para el año 2018, los costos de la supervisión y control realizados por la Superintendencia Nacional de Salud a las entidades vigiladas, salvo las que legalmente se encuentran exentas, a efectos de determinar el cálculo y fijar la tarifa de la tasa que deben cancelar
COSTOS DE LA SUPERVISION Y CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD PARA LA VIGENCIA FISCAL 2018
Se establece en TREINTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($30.467.099.728), los costos de supervisión y control de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia fiscal de 2018 de las entidades vigiladas, diferentes a los municipios y distritos
LIQUIDACION Y COBRO DE LA TASA
Para efectos de la liquidación de la tasa a favor de la Superintendencia Nacional de Salud y su respectivo cobro, se tendrán en cuenta los costos de supervisión y control establecidos en el presente Decreto, así como los factores, variables, coeficientes y criterios señalados en el Capítulo 2 del Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 o las normas que lo modifiquen o sustituyan.
EXONERADOS DEL PAGO DE LA TASA DE SUPERVISION Y CONTROL
De conformidad con lo establecido en el artículo 256 de la Ley 223 de 1995, artículo 98 de la Ley 488 de 1998 y los artículos 18 y 22 de la Ley 1797 de 2016 se encuentran exonerados del pago de la Tasa de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Adres), beneficencias y loterías, los Hospitales Universitarios, las Empresas Sociales del Estado y las In stituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se encuentren acreditados en los términos del Decreto 903 de 2014, actualmente compilado en los artículos 2.5.1 .6.1 al 2.5. 1.6. 12 del Decreto 780 de 2016.
Descargue: tasa de vigilancia a la Superintendencia Nacional de Salud (Decreto borrador)