Servicio Social Obligatorio en el posconflicto – Resolución 6357 de 2017

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El Ministerio de Salud y Protección Social asigno 1356 plazas del Servicio social obligatorio para el primer proceso de 2017, y expidió la Resolución 6357 de 2017 que establece las disposiciones relacionadas con el SSO en las zonas veredales transitorias en el marco del posconflicto (Lea: Servicio Social Obligatorio – cambios por posconflicto)

La Resolución 6357 de 2017 modifica los artículo 9,12  de la Resolución 2358 de 2014 y el artículo 4 de la Resolución 1058 de 2010, y  realiza los ajustes necesarios frente a los tiempos de duración, modalidad de asignación y causales de exoneración de las plazas para los profesionales de medicina, odontología, enfermería y bacteriología.

Los profesionales de la salud que presten el SSO en las 26 zonas veredales para el posconflicto, lo harán por un periodo de 6 meses, quienes hayan sido víctimas de la violencia, podrán solicitar la exoneración o convalidación del SSO, con previa autorización de la Dirección de Desarrollo del Talento Humano del Ministerio (Lea: Listo esquema de salud en zonas de preagrupamiento de las Farc)

También podrán ser exonerados los profesionales de la salud que ya hayan prestado el SSO en otra área de la salud en Colombia o en el exterior. Como los profesionales que hayan prestado el servicio militar o hayan obtenido título de posgrado en el exterior en áreas de interés para el país.

En esta última asignación, cerca de 150 profesionales fueron capacitados sobre el nuevo Modelo Integral de Atención en Salud, MIAS. El 83 por ciento de las plazas asignadas pertenecen a instituciones de carácter público.

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