Reforma a la salud: aprobada en la Cámara de Representantes

Reforma a la salud aprobada en la Cámara de Representantes

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Ayer, sobre las 07:00 pm, la reforma a la salud fue aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, tras semanas de debates intensos y a contrarreloj para que sea analizada y discutida en el Senado.

En el último debate en Cámara, se eliminaron los artículos 36, 59, 70, 71, 72, 74, 79, 80 y 81. Tal y como había anticipado el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, la retirada de estas propuestas fue el resultado del consenso entre la autoridad sanitaria nacional y un grupo de congresistas.

“Muchas gracias a la Comisión VII de la Cámara de Representantes por la aprobación que recibe la reforma a la salud. Queremos lo mejor para Colombia, y vamos a seguir trabajando para que nuestro país tenga un gran sistema de salud. ¡Aquí todas las voces cuentan!”, expresó el ministro Jaramillo al culminar el debate.

Aunque la reforma a la salud ganó el pulso en la Comisión Séptima, la decisión todavía no es definitiva. Con la aprobación, al proyecto de ley le queda por superar tres debates: la plenaria de la Cámara, en la Comisión Séptima de Senado y en la plenaria de Senado. Durante las discusiones, el articulado podrá ser modificado nuevamente y tendrá que enfrentarse a las posiciones de las bancadas de los distintos partidos políticos.

Estos fueron los demás artículos aprobados de la reforma a la salud

CONSULTORSALUD ha presentado los avances que ha tenido la discusión de la reforma a la salud. Dentro del grupo de artículos que estaban pendientes se cuentan el 138, el cual otorgaba seis facultades extraordinarias al presidente Gustavo Petro; proposición aprobada con 14 votos a favor y 6 en contra. Sin embargo, se trata de una propuesta con cambios: los representantes solo aprobaron la capitalización de la Nueva EPS durante el periodo de transición.

También se aprobó el artículo 4 en el que se define el modelo de salud como uno “preventivo, predictivo y resolutivo que se fundamenta en la Atención Primaria en Salud universal, centrado en las personas, las familias y las comunidades”. La Comisión Séptima también se aprobó el artículo 100 que establece las funciones jurisdiccionales para la Superintendencia Nacional de Salud y los artículos 132 y 133 que se refieren al la consulta y consentimiento libre, previo o informado de pueblos indígenas, comunidades negras, raizales y palenqueras y del pueblo Rom.

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