Puede una IPS acogerse a procesos de Insolvencia?

Puede una IPS acogerse al proceso de Insolvencia Financiera?
Reorganizacion institucional en IPS
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Seguramente existen en el país muchas IPS que atraviesan dificultades financieras, y están estudiando la posibilidad de acogerse a procesos de insolvencia financiera o de reorganización en los términos previstos en la ley 1116 de 2006. Este articulo de CONSULTORSALUD responde a esa inquietud.

Una pregunta interesante para avanzar en la respuesta sobre si esto es posible, sería si la Supersalud en ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia de empresas, podría solicitar a la Superintendencia de Sociedades decretar de oficio un proceso de reorganización empresarial a favor de una Institución Prestadora del Servicio de Salud- IPS que cumpla con los requisitos previstos por la ley 1116 del 2016 para tal efecto.

funciones de la supersalud en referencia

En el marco de las funciones de la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra definido en: la Ley 100 de 1993; la Ley 1122 de 2007, la Ley 1438 de 2011; y más específicamente en el Decreto 2462 de 2013. De este último y en lo previsto en los numerales 12 y 16 del artículo 7 del citado Decreto, se estipula lo siguiente:

“Artículo 7°. Funciones del Despacho del Superintendente Nacional de Salud. Son funciones del Despacho del Superintendente Nacional de Salud, las siguientes:

12. Autorizar, de acuerdo con la normativa vigente, los procedimientos de fusión, adquisición, cesión de activos, pasivos y contratos y otros mecanismos aplicables a las entidades promotoras y prestadoras del servicio de salud que permitan garantizar la adecuada prestación de los mismos.

16. Autorizar previamente a los sujetos vigilados cualquier modificación a la razón social, sus estatutos, cambios de la composición de la propiedad, modificación de su naturaleza jurídica, escisiones, fusiones y cualquier otra modalidad de transformación, así como la cesión de activos, pasivos y contratos, de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida la Superintendencia. (Negrilla fuera del texto) (…)

RÉGIMEN de AUTORIZACIÓN previa de reformas para ips

En virtud de las funciones anteriormente señaladas, la SNS expidió la Circular Externa 001 de 2018, la cual va dirigida a los representantes legales de instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) tanto privadas como públicas. Esta Circular Externa trata sobre el “Régimen de autorización previa de reformas estatutarias en prestadores de servicios de salud”, por medio del cual se impartieron una serie de instrucciones con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en los numerales 12 y 16 del artículo 7 del Decreto 2462 de 2013, y más específicamente para:

1. Cambio o modificación de la razón y/o del objeto social.

2. Fusión, escisión, transformación, disolución anticipada, y liquidación de la sociedad.

3. Modificación de la naturaleza jurídica y/o cambio de tipología societaria.

4. Cambios en la composición de la propiedad y/o del patrimonio (Cesión de Activos, Pasivos y Contratos enajenación y/o emisión de acciones por emisión pública y privada).

5. La liquidación de la sociedad o cancelación de la matrícula mercantil, siempre que sea voluntaria y que no se encuentre en proceso de intervención por parte de esta Superintendencia, o de alguna otra autoridad competente. (Negrilla fuera del texto)

6. Aumento o disminución del capital autorizado de la entidad.

conclusion

Teniendo claro lo anterior, a las IPS no les está permitido acogerse a procesos de insolvencia o de reorganización en los términos previstos en la Ley 1116 de 2006, ya que su prohibición, tal como está estipulado en esta ley, es taxativa, y a la luz de las normas transcritas anteriormente no es posible iniciar procesos de reorganización empresarial para sociedades comerciales constituidas como IPS; en este caso, lo que resultaría más plausible sería su liquidación, conforme con los lineamientos estipulados en la Circular Externa 001 de 2018.

Esta interpretación está en linea con un concepto emanado de la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud para el año 2019.

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