“Visto desde el punto higiénico – sanitario, no se considera adecuada la tenencia de un perro en un recinto cerrado”, fue la respuesta del Minsalud ante la consulta de un funcionario sobre la pertinencia de que una mascota acompañe al puesto de trabajo.
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El concepto da respuesta alos cuestionamientos sobre “la pertinencia de que una mascota pueda acompañar a un servidor público a su puesto de trabajo”.
¿Qué dice el concepto?
Primero recordó el memorando emitido por la Dirección de Promoción y Prevención de Minsalud en el que emite un concepto técnico frente a este tema.
Este memorando tiene en cuenta los perjuicios tanto para la persona como para el animal.
“Visto desde el punto higiénico – sanitario, no se considera adecuada la tenencia de un perro en un recinto cerrado, por un periodo de tiempo que vulnera los derechos y libertades de los animales, cuando las condiciones de abrigo, descanso, alimentación y recreación, no son las indicadas para la especie”, dice el memorando.
Tener la mascota en el trabajo, dice el concepto, podría generar cuadros de ansiedad, agresividad y depresión, que terminan en patologías comportamentales del animal.
La situación anteriormente descrita podría estipularse como maltrato.
De otra parte, el hecho de que un animal permanezca en contacto con personas de manera permanente, en donde el ambiente no reúna las condiciones de salubridad y saneamiento adecuado, puede generar enfermedades tanto en personas como en la mascota.
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“Se puede detonar la presencia de enfermedades zoonóticas (transmitidas de los animales al hombre) y antropozoonóticas (transmitidas del hombre a los animales), lo cual requiere de un amplio conocimiento para la atención de situaciones generadas por este tipo de convivencia”, dice el concepto.
En ese sentido, el Ministerio recuerda que con la normativa existente en materia de protección animal podría violar los derechos del animal.
“Si es propietario del animal no da cumplimiento a estas normas, estaría violando los derechos del perro, al mantenerlo en extensas jornadas laborales, en un ambiente que no reúne las características adecuadas de convivencia, bienestar y protección”, dice el concepto.