El Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido un nuevo proyecto de resolución que modifica la Resolución 636 de 2024 y el Anexo Técnico No.1 de la Resolución 2335 de 2023, como parte del proceso continuo de regulación en la implementación de la Factura Electrónica de Venta (FEV) y el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) en Colombia.
Estas modificaciones buscan mejorar la eficiencia administrativa y operativa de las entidades responsables del pago y los prestadores de servicios de salud en el país, garantizando la correcta ejecución de los acuerdos de voluntades, alineados con las normativas actuales del sistema de salud.
Contexto y alcance de la resolución 2335 de 2023
La Resolución 2335 de 2023, emitida en diciembre de 2023, estableció los procedimientos técnicos y operativos para la correcta ejecución de los acuerdos de voluntades entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables de pago. Esta resolución, parte del Decreto 780 de 2016 (que regula el sector salud en Colombia), planteaba un periodo de transición inicial hasta el 1 de abril de 2024, donde las partes involucradas debían ajustar sus procesos internos y tecnológicos para cumplir con las nuevas disposiciones, incluyendo la integración del RIPS como soporte obligatorio de la FEV.
Sin embargo, durante el proceso de alistamiento y capacitación, el Ministerio identificó varios desafíos que obstaculizaban el cumplimiento de los plazos iniciales. A través de 25 jornadas de asistencia técnica y 85 eventos de acompañamiento, con más de 10.000 participantes, se evaluaron los avances en la implementación de la resolución. La encuesta realizada en julio y agosto de 2024 reveló que, en una escala de 1 a 5, la mayoría de las entidades alcanzaron un nivel de alistamiento 3, lo que demostró un avance considerable pero insuficiente para cumplir con la fecha de implementación original.
Modificaciones introducidas por la resolución 636 de 2024
Ante las dificultades señaladas por las entidades responsables del pago y los prestadores de servicios de salud, la Resolución 636 de 2024 extendió el periodo de transición hasta el 1 de octubre de 2024. Esta decisión permitió que continuaran en vigor las disposiciones de las resoluciones 3047 de 2008 y 3253 de 2009, las cuales establecían los mecanismos de envío, términos y procedimientos entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables de pago.
Uno de los principales ajustes en esta nueva resolución fue la eliminación del campo de datos relacionados con la autorización de medicamentos, en línea con el artículo 2.5.3.10.15 del Decreto 780 de 2016. Este artículo establece que la prescripción de medicamentos debe realizarse utilizando la Denominación Común Internacional (DCI), simplificando así el proceso de autorización y garantizando el acceso eficiente a medicamentos para la población.
Impacto de las modificaciones en el sector salud
Las modificaciones en las resoluciones 636 y 2335 de 2024 afectan a las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologías en salud, quienes deberán ajustar sus procesos administrativos y tecnológicos para cumplir con las nuevas exigencias. La implementación del RIPS como soporte de la FEV se ha convertido en un reto crucial, ya que permite la integración de los campos de datos del registro con los requerimientos adicionales del sector salud en la factura electrónica.
Este proceso de validación y estandarización es esencial para mejorar la trazabilidad y transparencia en el flujo de recursos del sistema de salud, así como para garantizar que los servicios y tecnologías en salud sean facturados de manera correcta y oportuna. No obstante, el Ministerio ha reconocido que este tipo de cambios requiere un enfoque gradual y progresivo para evitar interrupciones en la prestación de servicios y evitar reprocesos que puedan generar costos adicionales a las entidades del sector.
Implementación
La Resolución 2275 de 2023, también modificada por la 636 de 2024, ha sido clave en la unificación de los procedimientos relacionados con la generación del RIPS y su integración con la FEV. El Ministerio de Salud ha establecido un cronograma escalonado para la implementación de estas disposiciones, que busca evitar impactos negativos en el flujo de recursos y en la operatividad de las entidades responsables de pago.
Esta implementación gradual también está diseñada para mitigar posibles inconsistencias en el sistema y reducir los costos administrativos asociados con el cambio de procedimientos. Se espera que este enfoque progresivo permita una mejor adaptación por parte de las entidades, garantizando al mismo tiempo la continuidad en la prestación de servicios de salud.
Descarga aquí el proyecto de resolución