Minsalud adopta el Manual de Contratación versión 5: así funcionará la nueva gestión contractual

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El Ministerio de Salud de Colombia adopta la versión No. 5 de su Manual de Contratación mediante la Resolución 1330 de 2025, incorporando cambios normativos clave para fortalecer la transparencia y eficiencia en la gestión contractual.
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En un esfuerzo por optimizar los procesos contractuales y adaptarse a los cambios normativos recientes, el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia expidió la Resolución 1330 del 27 de junio de 2025, mediante la cual adopta la versión No. 5 de su Manual de Contratación. Esta actualización reemplaza la versión anterior adoptada por la Resolución 2549 de 2024 y responde a la necesidad de garantizar coherencia con las disposiciones vigentes, así como de fortalecer los principios de transparencia, eficiencia y legalidad en la gestión contractual de la entidad.

El manual, disponible en el sitio web del Ministerio y en su Sistema Integrado de Gestión, establece las pautas y procedimientos que regirán todos los procesos de contratación adelantados por la entidad. Según la resolución, este instrumento tiene como objetivo “recoger los principios, pautas y procedimientos que deben ser tenidos como guía de aplicación” para garantizar que la contratación se realice conforme a los mandatos constitucionales y legales.

Además, el documento enfatiza que los asuntos no contemplados expresamente en el manual seguirán siendo regulados por las normas superiores aplicables. En caso de conflicto normativo, prevalecerán aquellas de mayor jerarquía jurídica.

Fundamentos legales y técnicos de la modificación

La expedición de esta nueva versión del Manual de Contratación se sustenta en un conjunto de normas clave que rigen la contratación pública en Colombia. Entre ellas se encuentran la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015, y el Decreto Ley 4107 de 2011, que define la estructura del Ministerio y le asigna sus competencias. La Resolución también acoge los lineamientos de Colombia Compra Eficiente, que define el Manual de Contratación como una herramienta para estandarizar la gestión contractual y hacerla visible para los actores del Sistema de Compra Pública.

La motivación para expedir la nueva versión responde tanto a cambios normativos internos como a reformas externas que exigen una actualización de los procedimientos. En particular, se destaca el cumplimiento del artículo 1 del Decreto 1600 de 2024, que establece parámetros para la adopción de manuales institucionales en las entidades estatales.

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En cumplimiento de los principios de publicidad y acceso a la información, el Artículo Segundo de la Resolución ordena la publicación del enlace que contiene el nuevo manual en el sitio web del Ministerio y en su Sistema Integrado de Gestión. Esta medida busca facilitar el acceso a los lineamientos contractuales por parte de proveedores, contratistas, entes de control y ciudadanía en general.

La resolución fue firmada por el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, y comenzó a regir desde su fecha de expedición, 27 de junio de 2025, derogando todas las disposiciones contrarias a lo establecido en ella.

Un paso hacia la modernización de la gestión pública en salud

Con esta actualización, el Ministerio de Salud reafirma su compromiso con una administración pública moderna, transparente y ajustada a los estándares legales. La versión No. 5 del Manual de Contratación no solo cumple una función normativa, sino que actúa como una herramienta estratégica para garantizar que los recursos públicos destinados a la salud se administren de manera eficiente, oportuna y conforme al interés general.

Puntos clave del Manual de Contratación V5

La versión No. 5 del Manual de Contratación redefine integralmente los procesos de compra pública del Ministerio de Salud, estableciendo lineamientos obligatorios para la planeación, estructuración, ejecución, seguimiento y liquidación de contratos, bajo criterios de legalidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, economía y participación.

Planeación contractual: del diagnóstico a la estrategia

El nuevo manual dispone que todo proceso contractual debe iniciarse con una fase de planeación estructurada y documentada, que contemple:

  • La formulación del Plan Anual de Adquisiciones (PAA), con base en las necesidades misionales, operativas y de inversión de cada dependencia.
  • La elaboración de estudios previos que incluyan diagnóstico del problema, análisis de alternativas, estudio de mercado, estimación presupuestal, identificación de riesgos, matriz de impactos, y definición de criterios técnicos, jurídicos y financieros.
  • La aplicación de instrumentos como el Análisis de Conveniencia y Oportunidad, obligatorio para contratos superiores a 100 SMMLV, con enfoque de costo-beneficio.
  • La determinación del tipo de contrato, de acuerdo con su objeto, naturaleza, complejidad, cuantía y régimen jurídico aplicable.

Estructuración y selección: reglas claras para cada modalidad contractual

La versión No. 5 consolida procedimientos específicos para cada modalidad de contratación:

  • Licitación pública, selección abreviada y mínima cuantía, con cronogramas tipo, uso obligatorio de SECOP II y requisitos para pluralidad de oferentes.
  • Contratación directa, debidamente justificada, documentada y limitada a causales específicas: urgencia manifiesta, contratación de servicios profesionales, convenios interadministrativos, entre otros.
  • Acuerdos Marco de Precios (AMP) y Tienda Virtual del Estado Colombiano, como mecanismos ágiles para adquirir bienes y servicios estandarizados.
  • Convenios solidarios con entidades sin ánimo de lucro, bajo el Decreto 092 de 2017, con requisitos de idoneidad, capacidad operativa, impacto social y evaluación financiera.
  • Contratación internacional a través del Fondo Rotatorio de la OPS, para adquisición de vacunas, medicamentos esenciales, reactivos de laboratorio y tecnologías prioritarias para la salud pública.

El manual también establece la obligación de aplicar la metodología de ponderación de factores, detalla la conformación de comités evaluadores y estandariza las reglas de desempate, así como la gestión de observaciones a los pliegos.

Perfeccionamiento y ejecución contractual

El contrato estatal se perfecciona mediante la suscripción de un acuerdo escrito entre las partes y, en SECOP II, por medio de firma electrónica. Para su ejecución, se exige:

  • Expedición del Registro Presupuestal (RP)
  • Aprobación de la Garantía Única de Cumplimiento
  • Cumplimiento de afiliación a seguridad social y riesgos laborales
  • Suscripción del acta de inicio, cuando aplique

Además, el manual regula la modificación de contratos (adiciones, prórrogas, cesiones, suspensiones) e introduce herramientas de control como el Acuerdo de Ejecución Contractual y el Cronograma de Actividades.

Supervisión, control y responsabilidad

Una de las fortalezas del manual es el enfoque riguroso en la supervisión contractual. Toda contratación debe contar con un supervisor designado mediante acto administrativo, con responsabilidades definidas en cuanto a:

  • Verificación de cumplimiento contractual
  • Seguimiento técnico y financiero
  • Control del avance físico y de metas
  • Aval de pagos
  • Reporte de novedades o incumplimientos

En los contratos de prestación de servicios, el manual establece que los supervisores deben validar informes de actividades y verificar cumplimiento del objeto y del horario pactado.

Transparencia, participación ciudadana y uso de tecnología

El manual promueve un enfoque de gobierno abierto en la contratación. Entre sus disposiciones se incluyen:

  • Mecanismos para la participación de veedurías ciudadanas
  • Gestión de observaciones y sugerencias ciudadanas a los pliegos
  • Publicación de documentos, informes y actos en SECOP II
  • Reglas para la trazabilidad documental y archivo electrónico

Se refuerza el uso de plataformas digitales, incluyendo la interoperabilidad con el Sistema Integrado de Gestión (SIG), la gestión de contratos electrónicos y la implementación de firmas digitales.

Liquidación y archivo contractual

La liquidación contractual, según la nueva versión, es obligatoria para todos los contratos de tracto sucesivo y debe realizarse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del contrato. Se establece la obligación de dejar constancia del cumplimiento, estado de pagos, observaciones pendientes y estado final del objeto contratado.

El archivo debe cumplir con la Tabla de Retención Documental, asegurando la trazabilidad, custodia y disponibilidad del expediente contractual para procesos de control fiscal, disciplinario y judicial.

Descargue aquí la resolución completa:

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