El Ministerio de Salud y Protección Social tramita un proyecto de resolución mediante el cual se propone adoptar el Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud (PIGCCS Salud 2026-2035), junto con su Anexo Técnico. El texto del proyecto de acto administrativo desarrolla las competencias asignadas al sector salud para enfrentar los efectos del cambio climático sobre la salud pública y orienta la incorporación de este enfoque en las políticas, planes y programas del sector.
El proyecto de resolución se estructura a partir de los mandatos constitucionales en materia de derecho a la salud y derecho a un ambiente sano, y articula disposiciones legales y de política pública que sirven de soporte a la intervención del sector salud frente a riesgos climáticos. En sus considerandos se hace referencia a las funciones del Estado en saneamiento ambiental, vigilancia en salud pública, gestión del riesgo en salud y cumplimiento de compromisos internacionales en cambio climático.
¿Qué define el proyecto de resolución del Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud 2026-2035?
El proyecto de resolución tiene como propósito central adoptar el Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud – PIGCCS con su respectivo Anexo Técnico, el cual se incorpora como parte integral del proyecto normativo. El documento presenta el PIGCCS Salud 2026-2035 como el instrumento sectorial para orientar la incorporación de medidas de mitigación de gases de efecto invernadero y de adaptación al cambio climático en las políticas, regulaciones y acciones del sector salud.
En el texto se describe que el PIGCCS Salud recoge y organiza las funciones que el ordenamiento jurídico le ha asignado al sector salud en materia de cambio climático, salud pública y salud ambiental. Este plan se plantea como una hoja de ruta para que las entidades del sector integren en sus procesos misionales la gestión del riesgo climático, el fortalecimiento de la resiliencia de los servicios de salud y la reducción de impactos sobre la población.
El proyecto recuerda que el Ministerio de Salud y Protección Social ya había formulado un Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud en 2020, así como una Guía de Mitigación Climática del Sector Salud en 2022. Estas herramientas previas se mencionan como antecedentes que contienen lineamientos generales, experiencias nacional e internacionalmente exitosas y orientaciones metodológicas, pero que no establecieron metas cuantificables ni compromisos específicos para el sector.
Asimismo, el texto indica que las metas del Plan Decenal de Salud Pública 2022–2031, adoptado y reglamentado mediante resoluciones del Ministerio, se encuentran alineadas con las metas de adaptación y mitigación del cambio climático incluidas en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC). El PIGCCS Salud 2026-2035 se presenta, en el proyecto, como un instrumento coherente con estos compromisos y con la planificación nacional en salud pública.
Marco constitucional y normativo del PIGCCS Salud
En sus considerandos, el proyecto de resolución desarrolla un amplio marco constitucional y legal que sustenta la formulación del Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud. Se recuerda que la Constitución Política reconoce la salud y el saneamiento ambiental como servicios públicos a cargo del Estado, y establece el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, junto con el deber de las autoridades de protegerlo.
El proyecto cita la Ley 9 de 1979, que asigna al Estado la función de garantizar condiciones sanitarias adecuadas, entre ellas el control de factores ambientales como la calidad del aire, del agua, de los alimentos y del saneamiento básico. Estas funciones se relacionan con la necesidad de intervenir determinantes ambientales que se ven afectados por la variabilidad climática y por el cambio climático.
También se mencionan disposiciones de la Ley 715 de 2001, que establece competencias del Ministerio de Salud y Protección Social y de las entidades territoriales en materia de salud pública, vigilancia en salud ambiental y atención integral en salud. En el texto del proyecto se vinculan estas responsabilidades con la gestión de riesgos asociados a eventos como olas de calor, desastres de origen natural y situaciones epidémicas relacionadas con factores climáticos.
El Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, se incorpora como referencia clave para la salud pública, la prevención de enfermedades, la salud ambiental, la promoción de entornos saludables y la gestión del riesgo en salud. El proyecto de resolución se apoya en este decreto para enmarcar las acciones sectoriales de mitigación y adaptación frente al cambio climático, en concordancia con los lineamientos generales del sector.
Asimismo, se incluyen referencias a la Ley 489 de 1998, que faculta a los ministerios para expedir las normas necesarias para el cumplimiento de sus funciones; a la Ley 164 de 1994, mediante la cual Colombia aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; y a la Ley 1844 de 2017, que incorpora el Acuerdo de París al ordenamiento interno. Estas normas se citan como soporte de los compromisos del país en materia de mitigación, adaptación y adopción de medidas frente a los efectos adversos del cambio climático.
¿Cómo se estructura el PIGCCS Salud como instrumento sectorial?
El proyecto explica que los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Sectoriales (PIGCCS), establecidos en la Ley 1931 de 2018, son instrumentos mediante los cuales los ministerios y entidades cabeza de sector identifican, evalúan y orientan la incorporación de medidas de mitigación y adaptación al cambio climático en sus políticas y regulaciones. En el caso del sector salud, el PIGCCS Salud 2026-2035 se configura como el instrumento específico para este fin.
En el documento se precisa que el PIGCCS Salud debe incluir lineamientos para la implementación de medidas a nivel territorial, de acuerdo con el enfoque de la Ley 1931 de 2018. Entre estos lineamientos se encuentran directrices de actuación para las entidades territoriales, criterios para la articulación intersectorial y orientaciones sobre el diseño e implementación de acciones de mitigación y adaptación en el ámbito sanitario.
El proyecto de resolución detalla que el PIGCCS Salud se armoniza con instrumentos de política como la Estrategia Climática de Largo Plazo (E2050), que establece la ruta para la carbono-neutralidad al año 2050 y la reducción de la vulnerabilidad territorial frente al cambio climático. En particular, se menciona una apuesta orientada al fortalecimiento del sistema de salud frente a eventos climáticos, mediante la integración de sistemas de vigilancia y alerta temprana, la promoción de la salud con enfoque en co-beneficios y la adaptación de los programas y de la infraestructura del sector salud.
El texto también señala la articulación con el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, en el que se incluyen ejes de transformación relacionados con “Seguridad humana y justicia social” y “Transformación productiva, internacionalización y acción climática”. En este marco, el componente de “Salud, ambiente y cambio climático” incorpora la gestión de los impactos climáticos en la salud, y el PIGCCS Salud 2026-2035 se ubica como uno de los instrumentos sectoriales para cumplir las metas correspondientes.
Responsables, seguimiento y obligaciones según el proyecto de resolución
En el articulado propuesto, el proyecto de resolución define el ámbito de aplicación del Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud 2026-2035. Se indica que el PIGCCS Salud aplica a todos los actores del sector salud a los que se refieren los artículos 4 y 5 del Decreto 4107 de 2011, o la norma que los modifique, sustituya o derogue. Esto comprende entidades y agentes con responsabilidad en la formulación, ejecución y evaluación de políticas, planes y programas en salud.
El proyecto asigna el seguimiento al PIGCCS Salud al Comité para la Gestión del Cambio Climático del Sector Salud, creado y reglamentado mediante la Resolución 1443 de 2024 o la norma que la sustituya. Este comité tiene, según el documento, la función de identificar avances, desafíos y necesidades que se deriven de la implementación y necesaria actualización de las medidas incluidas en el Anexo Técnico del plan.
El texto detalla que los actores del sector salud, en el marco de sus competencias, serán responsables de la implementación de las medidas definidas en el Anexo Técnico del PIGCCS Salud. Entre las obligaciones que se describen para estos actores se encuentran:
- Incluir en sus políticas, planes, programas, proyectos y estrategias las acciones de mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero definidas en el PIGCCS Salud 2026-2035.
- Implementar medidas de adaptación al cambio climático que les correspondan institucional y territorialmente, de acuerdo con lo previsto en el Anexo Técnico.
- Articular sus acciones con las metas nacionales establecidas en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) y con otros instrumentos de política climática.
- Participar en los procesos de seguimiento, monitoreo y reporte del PIGCCS Salud, suministrando al Comité para la Gestión del Cambio Climático del Sector Salud la información requerida.
- Ajustar, cuando se requiera, los instrumentos de planeación sectorial y territorial para facilitar la ejecución de las medidas contempladas en el plan.
El proyecto de resolución deja claro que la responsabilidad del cumplimiento del PIGCCS Salud recae en los actores del sector salud que deban ejecutar las medidas del Anexo Técnico o cuyas políticas, planes, programas, proyectos o estrategias se relacionen con dichas acciones. Se establece que estos actores deberán incorporar acciones de mitigación, medidas de adaptación y medios de implementación al cambio climático, conforme a lo dispuesto en el plan.
Actualización, publicación prevista y vigencia del PIGCCS Salud 2026-2035
El proyecto de resolución define el Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud – PIGCCS como un instrumento dinámico, sujeto a actualización periódica. Se establece que el PIGCCS Salud deberá revisarse y actualizarse de manera obligatoria cada cinco años, con el fin de mantener su pertinencia frente a la evolución de las condiciones climáticas, las necesidades del sector salud y los compromisos nacionales e internacionales.
Además de la actualización periódica, el proyecto contempla la posibilidad de una actualización extraordinaria cuando se presenten circunstancias críticas que afecten la aplicabilidad o eficacia del plan. Entre estas circunstancias se encuentran cambios sustanciales en los escenarios climáticos proyectados, modificaciones relevantes en el marco normativo nacional o internacional, o la ocurrencia de eventos climáticos extremos con impacto marcado sobre la salud pública.
El documento señala que las actualizaciones del PIGCCS Salud deberán ser formuladas y aprobadas por el Comité para la Gestión del Cambio Climático del Sector Salud, siguiendo los procedimientos que se establezcan para tal efecto. Este mecanismo busca asegurar que las revisiones del plan se realicen dentro de una instancia sectorial competente en materia de cambio climático y salud.
En cuanto a la difusión, el proyecto de resolución prevé que, una vez adoptado, el Plan Integral de Gestión del Cambio Climático para el Sector Salud – PIGCCS y su Anexo Técnico se publiquen en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social. De esta manera, se garantizaría el acceso público a la información sobre las metas, medidas, responsables y mecanismos de seguimiento contemplados en el instrumento.
Mención de autoridades y cierre del proyecto normativo
El texto del proyecto de resolución concluye con la fórmula habitual de expedición de normas sectoriales y con la referencia a las dependencias que participan en su elaboración y revisión. En el cierre se incluye la firma del Ministro de Salud y Protección Social y las aprobaciones de los viceministerios y direcciones técnicas relacionadas, tales como salud pública, prestación de servicios, protección social, talento humano en salud, epidemiología y demografía, promoción y prevención y dirección jurídica, en el marco del trámite previsto para este tipo de actos.
Con este proyecto de resolución se deja planteada la adopción del Plan Integral de Gestión del Cambio Climático del Sector Salud 2026-2035, condicionado a la conclusión del proceso correspondiente. El texto organizado en considerandos y articulado permite identificar el soporte constitucional y legal del PIGCCS Salud, los actores responsables, los mecanismos de seguimiento, los criterios de actualización periódica y las previsiones de publicación oficial una vez se expida la resolución definitiva.
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