Minsalud busca EPS para Modelo de Atención Médica en Guainía – Convocatoria Pública Nacional

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El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) ha abierto una convocatoria pública para seleccionar a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) interesadas en operar un modelo de atención médica en Guainía. En este artículo puede descargar la convocatoria pública nacional y la resolución 1496 de 2023.

El objetivo de esta resolución es establecer los términos y condiciones tanto para el departamento de Guainía, como para las EPS interesadas en participar en la consulta pública nacional de servicios de atención médica.

El Decreto 2561 de 2014, y su compilatorio, definen un modelo especial de atención médica para el Guainía, teniendo en cuenta sus particularidades en términos geográficos, población residente y aspectos socioculturales.

La resolución también define los mecanismos de participación para las EPS interesadas en la consulta pública. Las entidades interesadas en participar en la consulta pública deben enviar los documentos requeridos a la dirección de correo electrónico: [email protected]

La fecha límite para enviar los documentos requeridos es del 25 de octubre al 2 de octubre de 2023. El proceso incluye la publicación de los resultados de la consulta, la recepción de observaciones y la respuesta a los resultados.

El anuncio de la operación de las EPS se realizará el 1 de noviembre de 2023.

Convocatoria Pública Nacional para atención médica en Guainía

El objetivo es seleccionar una Entidad Promotora de Salud interesada en operar el aseguramiento en el marco del modelo de atención en salud y prestación del servicio de salud en el Departamento de Guainía, que se presente en una de las modalidades de participación establecidas en el artículo 5 de la Resolución 1496 de 2023 e igualmente cumpla en general con los requisitos descritos en dicho acto administrativo y el presente documento.

Por tanto, el Ministerio de Salud, en cabeza de sus Viceministros de Salud Pública y Prestación de Servicios y de Protección Social, ejerciendo su competencia para tramitar y adelantar la convocatoria pública nacional desde su apertura hasta la selección de la Entidad Promotora de Salud, invitan a los interesados a presentar manifestación de interés a participar en esta convocatoria.

Mecanismos de participación de las Entidades Promotoras de Salud en la Convocatoria Pública Nacional

Podrán participar en la convocatoria pública nacional las EPS a quienes la SNS Ies haya autorizado el funcionamiento para operar en el departamento de Guainía o en otras entidades territoriales; las EPS que manifiesten por escrito su interés en asociarse entre ellas o con el departamento del Guainía, haciendo uso de los instrumentos jurídicos previstos en la normativa vigente.

Las EPS que participen en la convocatoria pública nacional deberán presentarse bajo una de las siguientes modalidades y cumplir las condiciones, así:

Entidades Promotoras de Salud que se presenten sin asociarse

La Entidad Promotora de Salud debe anexar el Acta de la Junta Directiva del Consejo de Administración o del órgano de dirección que, de conformidad con sus estatutos y naturaleza jurídica, autorice al Representante Legal de la Entidad Promotora de Salud a participar en la convocatoria pública nacional para operar el aseguramiento en el marco del Modelo de Atención en Salud y Prestación, de Servicios de Salud en el Guainía, por un término mínimo de cinco (5) años, prorrogable hasta por cinco (5) años más.

Entidades Promotoras de Salud que se presenten bajo un mecanismo de asociación

Las Entidades Promotoras de Salud deben anexar las actas de la Junta Directiva, del Consejo de Administración o del órgano de dirección que, de conformidad con los estatutos y naturaleza jurídica de las Entidades Promotoras de Salud, autoricen la participación en la convocatoria pública nacional, a través del mecanismo de asociación elegido para operar el aseguramiento en el marco del Modelo de Atención en Salud y Prestación de Servicios de Salud en el Departamento de Guainía, por un término mínimo de cinco (5) años, prorrogable hasta por cinco (5) años más.

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