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Resolución 227 de 2024: Metodología para definición de Presupuestos Máximos

Resolución 227 de 2024 Metodología para definición de Presupuestos Máximos
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El Ministerio de Salud publicó la metodología para definir los Presupuestos Máximos de la vigencia 2023 a asignar a las Entidades Promotoras de Salud- EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, así como para las entidades adaptadas. Como parte del proceso, la cartera especifica lo siguiente:

  • Para los primeros seis (6) meses de la vigencia 2023, se consideró el valor asignado a cada una de las EPS o entidades adaptadas, como resultado de aplicación de la metodología del presupuesto máximo adoptado mediante la Resolución 1318 de 2022; la actualización de los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que ya no se financian con Presupuesto Máximo para la vigencia 2022, y, el incremento de la inflación recomendada por la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud para el año 2023, que fue de 7,15%.
  • En el cálculo del Presupuesto Máximo para julio, agosto, septiembre y octubre de 2023, se toma como base la asignación realizada para el primer semestre. Para las entidades que se identificó un menor reporte de información, el valor de los meses de julio, agosto, septiembre y octubre se calculó teniendo en cuenta la asignación realizada para el primer semestre y el valor calculado para toda la vigencia 2023.
  • Para los meses de enero a octubre de la vigencia 2023 de las EPS y entidades adaptadas autorizadas para operar en movilidad, se encuentra contenido en el valor asignado conforme al código de la EPS del régimen contributivo o subsidiado, según corresponda.

De acuerdo con la metodología, el Presupuesto Máximo 2023 resulta de la sumatoria del producto entre la proyección de las cantidades para la vigencia 2023 de cada registro y el valor máximo para la vigencia 2023 (Pmax*). El valor máximo es el valor de cálculo por Grupo Relevante de que trata la Resolución 1139 de 2022, equivalente al menor valor por UMC entre el valor de referencia del grupo relevante y el valor reportado del grupo relevante por cada EPS o EOC. Para los grupos relevantes de servicios complementarios diferentes a pañales, y los medicamentos que corresponden a fórmulas magistrales, el valor máximo 2023 es igual al valor reportado por cada EPS o EOC.

El valor fijado de Presupuestos Máximos para los meses de enero a noviembre de 2023 para cada EPS o Entidad adaptada, correspondientes a la asignación parcial del presupuesto máximo de la vigencia 2023, será ajustado de acuerdo al cálculo del presupuesto máximo de toda la vigencia 2023. Esto incluye el ajuste por liquidación y las cesiones de usuarios de EPS o entidades adaptadas autorizadas por la Superintendencia Nacional de Salud durante la vigencia 2023.

Ajustador de medicamentos nuevos en Presupuestos Máximos 2023

Como se explica en la Resolución 227 de 2024, a cada EPS o entidad adaptada se reconoce un valor adicional, teniendo en cuenta el código de la EPS y Entidad Adaptada del régimen a que pertenecen. El ajustador de medicamentos nuevos se calcula con la información del periodo de 2016 a 2022 de las EPS o Entidades adaptadas del régimen contributivo.

Para el régimen subsidiado, el porcentaje de ajuste se calcula así:

  • Primero, se calcula el valor resultante de la diferencia entre el presupuesto máximo 2023 calculado con el valor de la mediana del régimen contributivo y el presupuesto máximo 2023 calculado con el valor de la mediana del régimen subsidiado de los registros de cada uno de los grupos relevantes de las EPS o EOC.
  • Segundo, el resultado anterior se divide sobre el valor del presupuesto máximo 2023 calculado con el valor de la mediana del régimen contributivo.
ajustador presupuesto maximo regimen subsidiado

Para el régimen contributivo, como parte de la metodología de Presupuestos Máximos se reconocerá a las EPS un un porcentaje por concepto de medicamentos nuevos bajo la siguiente fórmula:

ajustador presupuestos maximos contributivo

¿Cómo se efectuará el reconocimiento de los traslados de afiliados con cargo a los Presupuestos Máximos 2023?

Para determinar el presupuesto máximo que se debe trasladar por cada afiliado de cada EPS o EOC, el Ministerio de Salud, con una periodicidad cuatrimestral, realizará la identificación del valor de las tecnologías y servicios que hicieron base para calcular el presupuesto máximo posterior a la aplicación de la metodología de cálculo de este, correspondiente a los afiliados que se trasladan de EPS o Entidad adaptada durante la vigencia.

El descuento y asignación de las tecnologías y servicios identificados será proporcional al número de meses faltantes para el cierre de la vigencia a partir del momento en el cual se efectué el traslado. El monto total a trasladar se descontará del presupuesto máximo de la EPS o Entidad adaptada origen del traslado y se le asignará al presupuesto máximo de la EPS o Entidad adaptada receptora al corte de cada cuatrimestre.

Para la distribución del presupuesto máximo de las EPS o Entidad adaptada que por estar en proceso de intervención o liquidación se les efectúe el traslado de sus afiliados, el valor del presupuesto máximo a trasladar a las EPS o Entidad adaptada receptoras por los afiliados trasladados será el resultado de multiplicar el valor per cápita de la EPS o Entidad adaptada por el número de afiliados trasladados a la EPS o Entidad adaptada receptora.

Este per cápita corresponderá al monto asignado del presupuesto máximo pendiente por reconocer al
momento de efectuarse el traslado de sus afiliados sobre el número de afiliados de la EPS o Entidad adaptada. Cuando se presente un traslado de asignación forzosa en los términos del Decreto 780 de 2016, el Ministerio de Salud realizará este ajuste teniendo en cuenta la asignación de los afiliados.

Descargue la Resolución 227 de 2024 con la metodología de presupuestos máximos:

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