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Facultades de la Supersalud: ¿Qué entidades están bajo sus medidas?

La Supersalud tiene la facultad de ordenar una Intervención forzosa administrativa para liquidar o para administrar, pero también puede ordenar una medida de vigilancia especial.
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La Supersalud es el organismo que se encarga de la inspección, vigilancia y control del sistema de salud colombiano, este cuenta, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, pero está adscrita al Ministerio de Salud. 

Para sus labores de seguimiento y control el Gobierno nacional le otorgó una serie de facultades para intervenir diferentes actores del sistema si la entidad evidencia irregularidades en su funcionamiento, teniendo en cuenta esto la Supersalud puede ordenar alguna de las siguientes intervenciones a cualquier EPS o prestador: 

Intervención forzosa administrativa para liquidar: En este proceso la SNS ordena la extinción de la persona jurídica de una entidad vigilada. La orden se da mediante un acto administrativo que faculta a la entidad para tomar posición del vigilado y terminar su existencia legal. El procedimiento debe ser adelantado por un liquidador asignado por el órgano de control, ya que es un proceso de carácter concursal y universal. 

La última EPS que fue intervenida de esta manera fue la Asociación Mutual de Barrios Unidos de Quibdó -AMBUQ EPSS, al presentar graves fallos, técnicos, operacionales, financieros y jurídicos. Sin embargo y debido a que se existe una tutela en curso en contra de este proceso, los usuarios afiliados a esta EPS no han sido trasladados a otra entidad. Esto no quiere decir que el proceso de liquidación se detenga. 

En 2020, la Supersalud ordenó la liquidación del programa de salud de la Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar – Comfamiliar- y también del programa de salud de Comfacundi. Procesos que deberán terminarse totalmente en 2022.

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Durante, el 2019 fue cuando más EPS fueron liquidadas por orden de la Supersalud, en ese año se ordenó la intervención para liquidar: Cafesalud, Comfacor, Saludvida EPS, Emdisalud y Cruz blanca. 

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Intervención forzosa administrativa para administrar: En este caso la SNS toma el control de la entidad vigilada con el objetivo de adecuar la entidad, indagando en el proceso si es posible optimizarla para que desarrolle adecuadamente su objeto social, o si por el contrario la entidad debe ser objeto de liquidación. Para este proceso también debe designarse un agente interventor. 

Bajo este proceso se encuentran actualmente el Hospital San Andrés ESE de Tumaco, la ESE Río grande de Magdalena, El Hospital Universitario de Sincelejo, El Hospital Universitario del Caribe, El Hospital San Andrés de Chiriguaná, el Hospital San José de Maicao, el Hospital San Jerónimo de Montería, el Hospital San Diego de Cereté y el Hospital Emiro Quintero Cañizares de Ocaña. 

Intervención técnica y administra​tiva: Este proceso es ordenado por la SNS a las direcciones territoriales de salud, el cual tiene como objetivo el salvamento de la entidad buscando ponerla en condiciones óptimas para así desarrollar adecuadamente su objeto social, o establecer si la entidad debe ser objeto de liquidación. Este proceso es adelantado por un agente Interventor designado por esta Superintendencia.

Entidades bajo medida de vigilancia especial de la supersalud

Finalmente, la Supersalud puede ordenar una medida de vigilancia especial es un mecanismo preventivo sobre los actos y operaciones de una entidad que busca su recuperación y saneamiento, es decir, son aquellas medidas preventivas tomadas por la Superintendencia Nacional de Salud, de obligatorio cumplimiento para las instituciones objeto de la medida.

Bajo esta medida se encuentran: 

  1. Savia salud EPS
  2. Capresoca
  3. SOS EPS
  4. Medimás EPS
  5. Comparta EPS-S
  6. Coomeva EPS
  7. Asmet Salud EPS
  8. Ecoopsos EPS
  9. Convida EPS
  10. Comfamiliar Huila
  11. Comfasucre
  12. Dusakawi 
  13. Emssanar 
  14. Comfaguajira
  15. Comfamiliar Nariño 
  16. Comfachocó  

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