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Espacios para lactancia materna en zonas públicas serán obligatorios: Ley 2306 de 2023

Espacios para lactancia materna en zonas públicas serán obligatorios Ley 2306 de 2023
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Ayer, 31 de julio, el Senado de la República sancionó la Ley 2306 de 2023, cuyo objetivo es diseñar estrategias e incentivos para garantizar el derecho de las mujeres a ejercer su maternidad; en concreto, facilitar la lactancia materna. También se establecen disposiciones de aplicación en el ámbito laboral, con beneficios para las lactantes que se extienden directamente hacia los menores de edad.

Con esta ley, se define el derecho a la lactancia materna en el espacio público, aplicable a las madres biológicas o sustitutas que provisionan lactancia adoptiva, para amamantar en estas áreas sin ningún tipo de discriminación. “Las autoridades y la ciudadanía tienen el deber de respetarlas y abstenerse de prohibirles, negarles, limitarlas, censurarlas, restringirles o vulnerarlas cuando así lo hagan incluido todo tipo de violencia verbal y violencia física”.

Sobre la creación de áreas de lactancia materna en zonas abiertas al público

De acuerdo con la Ley 2306 de 2023, las entidades territoriales de todos los niveles (nivel municipal, distrital y departamental) deberán crear o disponer de áreas exclusivas de lactancia, en lugares donde se brinde el acceso y prestación de servicios públicos, así como áreas comerciales con alta afluencia de personas. Tales espacios quedarán bajo su manejo directo.

Las entidades territoriales, de acuerdo con su presupuesto y disponibilidad de recursos tendrán como opción construir, adecuar o modificar un lugar específico, con todas las garantías de salubridad para que las mujeres puedan amamantar a sus bebés o niños lactantes. Para las entidades privadas, la ley indica que podrán establecer estas áreas, previa autorización de las autoridades competentes, quienes también darán instrucciones pertinentes para la locación.

Cabe señalar que, desde la entrada en vigencia de la ley, se establece un tiempo de un año para reglamentar los parámetros técnicos para la creación y operación en condiciones de higiene, salubridad y dotación adecuada de los espacios de lactancia materna en el espacio público. Las disposiciones pertinentes estarán a cargo del Ministerio de Salud.

Implementación de las áreas de lactancia materna en los municipios

Teniendo en cuenta que la implementación de estas áreas, también demanda recursos, la Ley 2306 de 2023 autoriza a los gobernadores o alcaldes a modificar los Planes de Desarrollo, el Plan Plurianual de Inversiones y otros. No obstante, el uso de los espacios de lactancia materna será gratuito en todas las circunstancias.

En los municipios de categoría cuarta a sexta, la ley permite los convenios interadministrativos con los departamentos a los que pertenecen y ser beneficiarios de recursos de donaciones y cooperación internacional para estas áreas. Sin embargo, en ningún caso podrán establecerse con las empresas comercializadoras de leche materna, sucedáneos y demás estipulados en el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la leche materna.

La inspección, vigilancia y control de las áreas de lactancia materna en espacios públicos estará a cargo de las secretarías, direcciones e institutos territoriales de salud, en conjunto con las dependencias de bienestar social territorial. Sin embargo, todas las autoridades territoriales deberán garantizar que el uso de los espacios es el adecuado; para ello, podrán ejecutarse campañas en las que se promuevan los beneficios del amamantamiento.

Descanso remunerado durante la lactancia: así queda la modificación al Código Sustantivo del Trabajo

Para las mujeres que trabajen durante su periodo de lactancia, la Ley 2306 también modifica ciertos aspectos del descanso remunerado. Desde ahora, todos los empleadores están en la obligación de conceder 2 descansos, cada uno de 30 minutos para que la trabajadora amamante a su hijo durante los primeros seis meses de edad. Esta acción no implicará ninguna reducción en el salario que la trabajadora devengue.

Luego de este periodo, se concederá un descanso de 30 minutos para lactancia materna hasta que el menor cumpla los dos años de edad. Esto tampoco representará cambios en el salario de la mujer lactante. En circunstancias específicas, el empleador está obligado a aumentar los tiempos de descanso para el amamantamiento; lo anterior deberá demostrarse con un certificado médico que exponga los motivos de la medida.

“Para dar cumplimiento a la obligación consagrada, los empleadores deben establecer en un local contiguo a aquel en donde la mujer trabaja, una sala de lactancia o un lugar apropiado para guardar al niño”, indica la Ley 2306 de 2023.

Consulte a continuación los detalles de la Ley 2306 de 2023 y los lineamentos sobre las áreas de lactancia en espacios públicos:

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