Según un nuevo reporte presentado por la superintendencia Nacional de Salud, la EPS Emssanar S.A.S. quedó bajo medida de vigilancia especial y no podrá recibir nuevos afiliados ni aceptar traslados.
Esta EPS, que tiene 1.903.823 afiliados, opera en 102 municipios de 4 departamentos del país (Valle del Cauca, Nariño, Putumayo y Cauca).
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¿Por qué se toma la decisión?
La decisión de la Supersalud se adoptó por el incumplimiento en el reporte de información necesaria para las labores de inspección y vigilancia de la entidad; por inconsistencias en la administración y el flujo de recursos hacia la red prestadora de servicios de salud, así como en los reportes que garantizan la destinación de los dineros al pago de las obligaciones con terceros.
La resolución 8925 del 2 de octubre de 2019, a través de la cual se determinó la medida por un año, señala que para cada trimestre de la vigencia de 2019, la EPS no hace lo necesario para identificar y pagar las obligaciones por la prestación del servicio.
Adicionalmente, se encontró que la EPS, para el corte de mayo a agosto de 2019, se toma en promedio 17 días para resolver los casos de quejas por riesgo de vida de los pacientes, lo que denota falta de oportunidad en la gestión de las PQRD.
El Superintendente de Salud, Fabio aristizábal ángel, considera que, ante la afectación en el aseguramiento en salud, la garantía de la prestación de los servicios y el riesgo de los recursos del sistema es necesaria la medida preventiva de vigilancia especial para la EPS.
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GARANTÍAS en el aseguramiento
Emssanar S.A.S. deberá garantizar el aseguramiento en salud, la prestación de los servicios a sus afiliados y el suministro oportuno de los insumos y tecnologías.
El documento, también ordena a la EPS presentar, en 20 días calendario, las acciones y estrategias que aplicará para solucionar los problemas encontrados por la Supersalud.
Además, los primeros 20 días calendario de cada mes deberá reportar los resultados de los indicadores que establezca la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia, para los componentes administrativo, financiero y técnico científico.
Contra la resolución procede el recurso de reposición, aunque la medida de vigilancia y la orden de no recibir afiliaciones es de cumplimiento inmediato.