Decreto 971 de 2011 – Instrumento giro a EPS-S

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Giro Directo a EPS-S: Por medio del que se define el instrumento a través del cual el Ministerio de la Protección Social girará los recursos del Régimen Subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud, se establecen medidas para agilizar el flujo de recursos entre EPS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y se dictan otras disposiciones.

Este Decreto establece los tiempos y mecanismos por medio de los cuales la naciona girará el SGP y el Fosyga a las EPS del regimen subsidiado de salud, y los municipios el esfuerzo propio.

Igualmente establece una prueba piloto, para definir un mecanismos idoneo de giro directo a los prestadores de sservicios de salud, que tengan contratos de capitacion con las EPS-S

Consultorsalud considera que la reforma y su reglamentacion al eliminar los contratos de aseguramiento en el el regimen subsidiado, como requisitos de giro, al simplificar los mecanismos, al poder realizar los giros aun si los municipios no cumplen con su papel de revision de la matriz mensual, y el plazo reducido que tiene la EPS-S para girar a las IPS, son ganancias para el sistema y para todos los actores, que seguramente traeran resultados positivos para los afiliados.

 

 Decreto 971 de 2011 – Instrumento giro a EPS-S (680.52 kB)

 

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