La enfermedad de Chagas en Chile continúa siendo un desafío para los sistemas de salud, especialmente por la necesidad de detectar oportunamente la infección y prevenir su transmisión durante el embarazo. Ante este escenario, Chile aprobó una nueva norma nacional para el control y prevención de la enfermedad de Chagas, que prioriza la ampliación de la detección en mujeres en edad fértil, gestantes y niños, así como la integración de los equipos asistenciales. La actualización, oficializada mediante el Decreto Exento N.º 64 de 2026 del Ministerio de Salud, sustituye el marco técnico vigente desde 2014 y establece directrices dirigidas a instituciones públicas y privadas del país.
Chile reemplaza la normativa de Chagas vigente desde 2014
El Ministerio de Salud de Chile aprobó la Norma General Técnica N.º 263 para el Control y Prevención Nacional de la Enfermedad de Chagas, mediante el Decreto Exento N.º 64 de 2026, expedido el 25 de septiembre y publicado el 8 de octubre en el Diario Oficial de la República.
La actualización reemplaza la Norma General Técnica N.º 162, aprobada mediante la Resolución Exenta N.º 144 del 3 de marzo de 2014, que había establecido las directrices nacionales de prevención, control y atención de las personas afectadas por esta infección parasitaria. El nuevo instrumento fue elaborado por la División de Prevención y Control de Enfermedades de la Subsecretaría de Salud Pública y comprende 140 páginas, incluidos 19 anexos, que forman parte del decreto para todos los efectos legales.
La actualización recoge los antecedentes del programa nacional y los desafíos identificados durante los últimos años para fortalecer la atención sanitaria y ampliar la cobertura de detección de la infección.
Detección del Chagas en gestantes, niños y mujeres en edad fértil
Uno de los principales componentes de la nueva norma es el fortalecimiento de la pesquisa de la infección por Trypanosoma cruzi, agente causante de la enfermedad de Chagas. El Ministerio de Salud identifica como desafío pendiente aumentar la cobertura de detección y fortalecer la atención de las personas afectadas.
El decreto señala expresamente la necesidad de ampliar la pesquisa en los siguientes grupos:
- Mujeres en edad fértil y personas que desean gestar, como parte de las poblaciones prioritarias para la detección de la infección.
- Gestantes, considerando la importancia de la identificación de la infección en el contexto de la salud materna.
- Niños y niñas, incluidos entre los grupos en los que se busca aumentar la cobertura de pesquisa.
- Otros grupos prioritarios contemplados en las directrices nacionales de control y prevención.
Esta orientación se relaciona con el control de la transmisión vertical, es decir, el paso de la infección de la madre al hijo durante el embarazo o el parto, un componente que ya formaba parte de la estrategia sanitaria chilena. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la detección de la infección en niñas y mujeres en edad fértil, junto con la atención y el tratamiento oportunos, constituye una de las estrategias para prevenir nuevos casos de Chagas.
La nueva norma prioriza la integración de equipos de salud y la atención interdisciplinaria
La actualización también pone énfasis en la articulación de los equipos sanitarios responsables de la prevención, el diagnóstico y la atención de las personas con enfermedad de Chagas.
Según los fundamentos del decreto, la revisión normativa responde a la necesidad de contar con un sistema sanitario integrado y de fortalecer la atención interdisciplinaria de las personas afectadas. Estas prioridades surgieron del trabajo desarrollado con el grupo de expertos asesores y de los acuerdos alcanzados durante la IX Reunión Nacional de Referentes del Plan Nacional de Enfermedad de Chagas, realizada en 2023.
El Ministerio de Salud señala que las directrices de la Norma General Técnica N.º 263 se orientan a la integración de los distintos equipos, con énfasis en la atención de las personas y en la ampliación de la pesquisa en los grupos prioritarios. El alcance institucional comprende a los establecimientos públicos y privados del país, dentro del marco nacional de control y prevención de la enfermedad.
Los antecedentes sanitarios del control de Chagas en Chile
La decisión se produce después de varias décadas de acciones orientadas a controlar las distintas vías de transmisión de la enfermedad. El decreto reconoce avances nacionales en vigilancia, seguridad transfusional y atención de personas infectadas.
Entre los principales antecedentes documentados por el Ministerio de Salud se encuentran:
- 1999: Chile alcanzó la meta de interrupción de la transmisión vectorial intradomiciliaria, logro recertificado por la OPS y la OMS en 2016.
- 2008: comenzó el tamizaje de toda la sangre donada para transfusiones, como parte de las acciones para prevenir la transmisión transfusional de Trypanosoma cruzi.
- 2014: se aprobó la Norma General Técnica N.º 162, que estableció directrices y responsabilidades para la prevención, el control, la vigilancia y la atención de la enfermedad.
- 2017: se elaboró el Manual de Procedimiento para la Atención de Pacientes con Enfermedad de Chagas, que complementó las directrices nacionales aplicables a los equipos asistenciales.
Estos antecedentes forman parte del proceso de control de la infección en Chile, que durante los últimos años ha incorporado la atención de las personas afectadas y la prevención de la transmisión vertical entre sus componentes sanitarios.
¿Por qué Chile actualiza su estrategia nacional contra el Chagas?
La actualización ocurre en un contexto epidemiológico en el que la enfermedad de Chagas ha dejado de concentrarse exclusivamente en los territorios donde circulan sus principales insectos vectores. El propio decreto reconoce que la globalización y los movimientos migratorios han contribuido a la identificación de personas infectadas en países de Europa, Asia y Norteamérica.
Según la información epidemiológica de la Organización Mundial de la Salud, alrededor de siete millones de personas viven con la infección por Trypanosoma cruzi en el mundo, principalmente en América Latina. La enfermedad puede transmitirse mediante insectos vectores, por vía congénita, por transfusiones sanguíneas, trasplantes de órganos y otras vías reconocidas.
La OMS también advierte que, cuando no existe diagnóstico y atención oportunos, la infección crónica puede producir alteraciones cardíacas, digestivas y neurológicas. Por ello, sus recomendaciones incluyen el diagnóstico temprano, el seguimiento de las personas afectadas y la prevención de las diferentes formas de transmisión.
En este escenario, el Ministerio de Salud de Chile sustenta la actualización normativa en la necesidad de consolidar los programas nacionales de control, integrar la atención sanitaria y ampliar la detección en las poblaciones prioritarias.
¿Qué establece el decreto para la aplicación de la nueva norma técnica?
El Decreto Exento N.º 64 formaliza la aprobación de la Norma General Técnica N.º 263 y deja sin efecto la Resolución Exenta N.º 144 de 2014, mediante la cual se había aprobado el anterior Programa Nacional de Control y Prevención de la Enfermedad de Chagas. La disposición establece que el documento técnico anexo forma parte integrante del decreto y determina que su original será custodiado por la Oficina de Partes y Gestión Documental del Ministerio de Salud.
Asimismo, dispone que el decreto y el instrumento técnico aprobado sean publicados en la página web del Ministerio de Salud. Esta responsabilidad corresponde a la División de Prevención y Control de Enfermedades, encargada de garantizar la concordancia del documento difundido con el texto original.
De esta manera, Chile sustituye su marco técnico nacional de 2014 por la Norma General Técnica N.º 263, cuyas prioridades declaradas comprenden la integración de los equipos de salud, la atención interdisciplinaria y una mayor cobertura de detección de la enfermedad de Chagas en las poblaciones identificadas por la autoridad sanitaria.


