A través de la resolución 1324 de 2020, se modificó el artículo 14 de la Resolución 4245 de 2015, esto con el fin de ampliar el plazo para el cumplimiento de los requisitos de obtención del certificado de Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos – BPER ante el INVIMA.
disponibilidad de medicamentos
De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, la decisión busca también garantizar la disponibilidad de los medicamentos radiofármacos y el acceso de estos a la población, en concordancia con lo señalado por el documento CONPES 155 de 2012 sobre Política Farmacéutica Nacional.
Plazos para las RADIOFARMACIAS
Según el documento, siendo, así las cosas, a partir del 1 de febrero de 2022, las radiofarmacias hospitalarias y las centralizadas que se encuentren funcionando, deberán contar con la certificación en Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos – BPER, cumpliendo con los requisitos señalados en fa presente resolución.
De igual manera, mientras se cumple el plazo señalado anteriormente, las radiofarmacias hospitalarias y las centralizadas deben cumplir los requisitos señalados en la resolución 1324 de 2020 que usted podrá descargar al final de este artículo. Dichos requisitos serán objeto de verificación por parle del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA. de conformidad con el procedimiento definido por esa entidad.
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“Las radiofarmacias hospitalarias y las centralizadas que al 2 de febrero de 2022 no cuenten con la certificación en Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos – BPER y aquellas a las que se les haya vencido la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración de que trata la Resolución 444 de 2008 sin haber obtenido la certificación actual, no podrán realizar ninguna actividad relacionada con radiofarmacia y se les aplicará las medidas sanitarias de seguridad a que haya lugar”. Puntualiza el Minsalud.