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Así se implementará el Programa de Atención Psicosocial a Víctimas del Conflicto Armado

A través de un proyecto el gobierno busca implementar el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas del Conflicto Armado – PAPSIVI-
Así se implementará el Programa de Atención Psicosocial a Víctimas del Conflicto Armado
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A través de un proyecto de Resolución el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas del Conflicto Armado – PAPSIVI-.

Objeto del Programa estará orientado a mitigar  las afectaciones físicas, mentales y psicosociales de la población víctima del conflicto armado, a través de la atención psicosocial y la atención integral en salud.

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Articulación territorial del PAPSIVI

La articulación territorial del PAPSIVI estará a cargo de la Oficina de Promoción Social y comprenderá las siguientes acciones:

  • Coordinar y orientar a las entidades territoriales respecto a su deber de articular los componentes del PAPSIVI con la oferta de asistencia y reparación a víctimas nacionales o locales que se implemente en su jurisdicción.
  • Brindar acompañamiento y asistencia técnica a las entidades territoriales frente a la articulación técnica del PAPSIVI en el ámbito territorial, así como su implementación operativa.
  • Comunicar oportunamente y a través de mecanismos expeditos los lineamientos para la articulación territorial del PAPSIVI, que les permitan a dichas entidades la adecuación de sus instrumentos de planeación territorial y la asignación efectiva de recursos presupuestales, técnicos y humanos.
  • Constituir un eje articulador entre el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas –SNARIV y el Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS para la gestión de la información sobre identificación de las víctimas.
  • Brindar asistencia técnica a las entidades territoriales en su participación dentro de los Comités Territoriales de Justicia Transicional a que hace referencia el artículo 173 de la Ley 1448 de 2011, así como en la formulación de los Planes de Acción Territorial (PAT).
  • Coordinar con las entidades territoriales la implementación de mecanismos de divulgación para facilitar y conducir el acceso de las víctimas al PAPSIVI.
  • Efectuar monitoreo y seguimiento a la implementación de los componentes del PAPSIVI.

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No obstante, para la articulación técnica del PAPSIVI en el ámbito territorial, cada una de las entidades departamentales, distritales y municipales, las Entidades Promotoras de Salud –EPS- del régimen subsidiado y contributivo, al igual que las entidades adaptadas y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS-, designarán un referente que participe en los Comités Territoriales de Justicia Transicional establecidos en el marco del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas y en los Consejos de Seguridad Social en Salud de su respectiva jurisdicción.

Protocolo de Atención Integral en Salud

En consecuencia, para efectos de asegurar que la población víctima es atendida conforme al enfoque psicosocial y en coherencia con los principios del PAPSIVI, el docuemnto indica que las guías, protocolos, modelos o lineamientos de atención en salud física y mental que respondan a otras políticas de salud, procurarán la articulación con el Protocolo de Atención Integral en Salud.

Así mismo, los regímenes Especial y de Excepción ha dicho el gobierno podrán adaptar el Protocolo de Atención Integral en Salud o adoptarán el propio.

Acceso a la Atención Integral en Salud con Enfoque Psicosocial

De otra parte, cabe mencionar que para el acceso a la atención integral en salud con enfoque psicosocial de acuerdo con lo previsto en el Protocolo de Atención Integral en Salud requerirá que la víctima esté afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, por lo que será la primera acción que deban garantizar los actores del Sistema.

Asi mismo, para el ingreso de las personas víctimas del conflicto armado al proceso de atención integral en salud con enfoque psicosocial podrá efecturarse por demanda inducida por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS-, remisión por parte de algún profesional de la salud al Equipo Multidisciplinario de Salud, por remisión por parte de otros prestadores primarios, por demanda espontánea o, por derivación del profesional psicosocial de acuerdo a lo previsto en el artículo 27 de la presente resolución.

Formación en Talento Humano

Las Entidades Promotoras de Salud –EPS- del régimen subsidiado y contributivo, las entidades adaptadas, así como las Instituciones Prestadoras de Salud -IPS- encargadas de la aplicación del Protocolo de Atención Integral en Salud, deberán implementar procesos de formación y cualificación continua al talento humano vinculado a éstas, con el fin de promover la calidad en la atención a las víctimas.

Acceso a la atención psicosocial

Finalmente, el proyecto indica que el acceso a la atención psicosocial será gratuito y se desarrollará principalmente por oferta inducida a través de las acciones y criterios de focalización y priorización que empleen los equipos de atención psicosocial en los territorios de acuerdo con lo dispuesto en la Estrategia de Atención Psicosocial contenida en el anexo que hace parte integral del presente acto administrativo. También podrá acceder por demanda o derivación de los Equipos Multidisciplinarios de Salud y/o entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación a Víctima.

Documento adjunto

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