A través de la Resolución 521 de 2020, el Ministerio de Salud emitió los lineamientos para la atención ambulatoria de la población en aislamiento preventivo obligatorio con énfasis en población con 70 años o más.
Estos procedimientos, también aplican a pacientes con condiciones crónicas de base o inmunosupresión por enfermedad o tratamiento, durante la emergencia sanitaria por COVID-19.
Medios de atención
- Centro de atención telefónica
- Medios Virtuales
- Telesalud
- Domiciliaria por EMS, con participación inicial del grupo nuclear, y de acuerdo a necesidad identificada, del grupo transversal
Requerimientos para la atención domiciliaria
- Medicamentos de administración ambulatoria
- Laboratorio clínico domiciliario (toma de muestras o pruebas en el sitio con el uso de pruebas rápidas, tiras reactivas o equipos de Point of Care Test-POCT)
- Pruebas COVID-19 según definición de caso
- Equipos biomédicos: Como mínimo: tensiómetro, termómetro, equipos de órganos de los sentidos, martillo de reflejos, pulso oxímetro y glucómetro.
Orientaciones para la atención de mayores de 70 años
A continuación unas orientaciones básicas para la atención, sin embargo, hay que decir que estas orientaciones se pueden complementar o ajustar de acuerdo con el criterio clínico.

Consultas
Vía telefónica o virtual: Los profesionales de medicina deben realizar una evaluación integral con enfoque en la persona y la familia, también deben definir si el paciente requiere seguimiento médico o manejo farmacológico, así como evaluar la posibilidad de hospitalización a domicilio. Finalmente, el profesional médico puede decidir si envía al paciente a tele orientación, para soporte de salud mental si se considera necesario.
En caso de que el paciente, tenga sintomatología respiratoria el médico deberá orientar la consulta a la realización de pruebas de diagnóstico según el protocolo, identificando los factores de riesgo y promoviendo el aislamiento de la persona sintomática, en caso de resultar positivo el médico debe seguir haciendo seguimiento al paciente.
Atención domiciliaria: Los médicos tratantes deben hacer una evaluación integral, determinando un diagnóstico y definiendo el manejo clínico del paciente en su domicilio o en un hospital dependiendo de la severidad del caso, así mismo debe formular los medicamentos exámenes y laboratorios que se consideren necesarios.
Si el paciente a visitar, tiene sintomatología respiratoria, el médico debe definir el manejo clínico en el domicilio, indicando el aislamiento del sintómatico que además debe limitar el contacto con sus familiares hasta obtener el resultado de las pruebas.
Atención domiciliaria para urgencias en salud bucal
De ser posible, y según disponibilidad de recursos se atenderá urgencias en salud bucal así:
- Consulta odontológica inicial: Definir y dar manejo en domicilio a través de unidad odontológica portátil o móvil.
- Control telefónico o virtual posterior cuando se requiera para verificar evolución