El Ministerio de Salud y Protección Social modifica el plazo de reporte de información para el tercer trimestre de 2014 consignados en la Resolución 4505 de 2012.
En esa resolución de 2012 se establecía el registro de actividades de protección específica, detección temprana y aplicación de las guías de atención integral de las enfermedades de interés en salud pública a cargo de las Empresas Administradoras de Planes de Beneficio (EAPB) y, las direcciones departamentales y distritales de salud.
La fecha establecida en la Resolución 4114 de 2014 daba plazo hasta el 30 de Noviembre para “realizar la auditoría integral a la información reportada para los registros administrativos: Censo de enfermedades huérfanas y registro de las actividades de protección específica, detección temprana y la aplicación de las guías de atención integral para las enfermedades de interés en salud pública”.
Sin embargo, como la auditora aún se encuentra verificando los reportes de los trimestres anteriores, es necesario aplazar la entrega del tercer trimestre del año que va de julio a septiembre de 2014.
Esta Resolución la 4611 de 2014 resuelve que la fecha de entrega para el tercer trimestres del 2014 será a más tardar el 22 de diciembre del presente año.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.