Dentro de las medidas para garantizar la continuidad del aseguramiento, el Ministerio de Salud a traves del Decreto 633 de 2012, autorizo a la Superintendencia Nacional de Salud para que impida que la poblacion beneficiaria del regimen subsidiado, se vea afectada en la continuidad del aseguramiento como consecuencia del retiro voluntario de la entidades o entidades promotoras de salud que operen en una determinada jurisdiccion o ante la revocatoria de la autorizacion de funcionamiento de las mismas, para que adopte una de las siguiente medidas:
Autorizar por un termino maximo de seis (6) meses, alianzas entre entidades promotoras de salud (EPS) de ambos regimenes y entidades territoriales (ET).
Autorizar por un termino maximo de seis (6) meses, a las entidades promotoras de salud (EPS) del regimen contributivo interesadas en garantizar la continuidad de la afiliacion de la poblacion afectada.
Para viabilizar esta situacion, el Ministerio instruye tambien a la supersalud para que:
Apruebe en maximo 5 dias, la ampliacion de la capacidad de afiliacion y establecer un plazo para el cumplimiento de los requisitos financieros de la alianza EPS – ET, o de la EPS ddel regimen contributivo.
Mientras dure la medida suspende el traslado de afiliados entre EPS
descargue aqui: Decreto 633 de 2012 – Alianzas entre EPS y ET para garantizar aseguramiento