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Corte Constitucional ordena tratamientos de afirmación de género para personas trans, privadas de la libertad

Ruta de atención especial para las personas trans, privadas de la libertad en tratamientos de afirmación de género
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La Corte Constitucional de Colombia emitió una sentencia histórica y trascendental para la población trans privada de la libertad. En la sentencia T-321-23, se ordena al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) que elaboren una ruta de atención especial para las personas trans que solicitan tratamientos médicos de afirmación de género mientras están privadas de su libertad.

La Corte determinó que el protocolo debe garantizar la participación de la población trans privada de la libertad, así como contar con el apoyo de organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos de las personas transgénero. Además, se permitirá el acompañamiento y asesoramiento del Ministerio de Salud y la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.

El objetivo de esta medida es asegurar que el personal médico pueda atender de manera adecuada, oportuna e integral las necesidades en salud de las personas transgénero que se encuentran privadas de la libertad. Para ello, se deben tener en cuenta la evidencia científica disponible, las mejores prácticas identificadas en la materia, la participación de la población trans privada de la libertad y los recursos disponibles.

Jessica, mujer trans presentó tutela para recibir tratamientos de afirmación de género

La sentencia surge a raíz de la tutela presentada por Jessica, una mujer trans privada de la libertad en una cárcel de Bucaramanga. Ella había comenzado su tratamiento de afirmación de género con hormonas en parche por orden médica, pero cuando solicitó continuar el tratamiento en la farmacia del centro carcelario, no recibió respuesta alguna.

Ante la negativa del centro penitenciario, Jessica invocó el amparo por los derechos a la salud, la identidad de género, la libertad de expresión y la vida digna. En primera y segunda instancia, sus derechos fueron amparados parcialmente, pero la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional revocó esas decisiones y amparó plenamente los derechos de Jessica.

La Corte concluyó que existe una falla estructural en la atención de la salud de las personas trans privadas de la libertad, lo cual se agrava en los establecimientos penitenciarios donde persiste una vulneración masiva de múltiples derechos. Por lo tanto, existe una amenaza a los derechos a la salud, la identidad de género y la dignidad de estas personas.

Además de ordenar la elaboración de la ruta de atención especial, la Corte reiteró el exhorto hecho en la Sentencia T-218 de 2022 al Ministerio de Salud para que emita una guía de práctica clínica y protocolos para la atención en salud de las personas trans, especialmente en lo que respecta a los procedimientos médicos de afirmación de género.

En el caso concreto de Jessica, la Corte también ordenó a la IPS Ser Salud S.A.S., en coordinación con la Fiduciaria Central S.A., la USPEC y la cárcel de Bucaramanga, conformar un grupo interdisciplinario para evaluar y apoyar a Jessica en el procedimiento correspondiente, y proporcionarle información sobre los servicios que componen el procedimiento de afirmación de género.

Esta sentencia representa un avance significativo en la protección de los derechos de las personas trans privadas de la libertad en Colombia. La elaboración de una ruta de atención especial garantizará que todas las personas tengan acceso a los tratamientos médicos de afirmación de género necesarios para vivir de acuerdo con su identidad de género, incluso mientras están privadas de su libertad. Es un paso importante hacia la igualdad y el respeto de los derechos humanos de todas las personas, sin importar su situación legal.

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