Los embargos judiciales que recaen sobre recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud han vuelto a encender una alerta institucional por su efecto sobre el flujo de dinero destinado a la atención, por lo que la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) llevó el tema a la opinión pública al informar que un análisis técnico consolidado con corte al 22 de enero de 2026 identificó una afectación aproximada de $2,6 billones de pesos derivada de 291 medidas cautelares de embargo sobre recursos del sistema.
Según la entidad, el consolidado se construyó con base en la información remitida por las EPS a través de ejercicios de autorreporte, por lo que advirtió que esta situación representa un riesgo relevante para la sostenibilidad financiera del sistema y para la garantía efectiva del derecho fundamental a la salud, en la medida en que compromete el flujo oportuno de recursos destinados a la prestación de servicios y al pago a hospitales, clínicas, proveedores de medicamentos y demás actores de la red de servicios de salud.
¿Dónde se concentran los embargos identificados con corte al 22 de enero de 2026?
Desde una perspectiva territorial, el análisis evidenció que, con corte al 22 de enero de 2026, Bogotá, Concordia (Antioquia), Cartagena (Bolívar) y Florencia (Caquetá) concentran el mayor número de embargos registrados, de acuerdo con la información consolidada por la Superintendencia.

En cuanto a la concentración por actores del sector, la Supersalud informó que Nueva EPS y Coosalud EPS presentan la mayor participación en el valor total afectado por embargos por la red de prestadores públicos y privados que han actuado como demandantes. La entidad indicó que este comportamiento refleja tanto el volumen de procesos en curso como la magnitud económica de las reclamaciones acumuladas.
La Supersalud reiteró la regla general de inembargabilidad de los recursos del sistema
La Superintendencia recordó que los recursos del SGSSS tienen naturaleza pública, parafiscal y de destinación específica, y que su utilización debe orientarse exclusivamente a la financiación de la atención en salud de la población y a la sostenibilidad del sistema. En ese marco, señaló que el pasado 19 de enero, en un Concepto Unificado, expuso la regla general de la inembargabilidad de los recursos del sistema, con excepciones puntuales y de aplicación restrictiva definidas por la jurisprudencia constitucional.
El análisis consolidado de los procesos judiciales con medidas de embargo, añadió la Superintendencia, pone de presente la necesidad de fortalecer de manera urgente la gestión jurídica, administrativa y financiera asociada a estos procesos, así como de realizar seguimiento constante y acompañamiento permanente al impacto que dichas medidas generan sobre la ejecución presupuestal y la destinación específica de recursos públicos del sistema de salud, en el marco de las competencias tanto de la rama judicial como de la Superintendencia Nacional de Salud.
De esta manera, la entidad reiteró su llamado a la protección integral de los recursos de la salud, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, y recalcó que estos recursos están destinados exclusivamente a garantizar la atención en salud de los afiliados y la sostenibilidad del sistema, tal como lo ha reiterado el Presidente de la República, Gustavo Petro Urrego.

