La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) autorizó a las nueve EPS actualmente intervenidas por el Gobierno nacional a negociar de manera conjunta y directa la adquisición de medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de propósito médico especial (APME). La medida, formalizada mediante la Resolución 35379 de 2025, tiene como propósito enfrentar el desabastecimiento de tecnologías en salud, reducir el gasto farmacéutico, y preservar el derecho a la salud de millones de colombianos, todo bajo una figura legal excepcional prevista en la Ley 155 de 1959.
La autorización se sustenta en el parágrafo único del artículo 1 de la Ley 155 de 1959, que permite al Gobierno, a través de la SIC, autorizar acuerdos que, aunque limitan temporalmente la libre competencia, tienen como fin preservar la estabilidad de un sector básico de la economía. En este caso, el sector salud fue considerado como tal por su relevancia estructural, impacto sobre el bienestar general, y rol estratégico en la economía nacional, representando más del 10,8% del PIB en 2024 según datos oficiales.
La solicitud fue presentada por las nueve EPS bajo medidas de intervención administrativa: Sanitas, Emssanar, Asmet Salud, Famisanar, Nueva EPS, Savia Salud, Capresoca, EPS-SOS y Coosalud. Estas entidades argumentaron la necesidad urgente de establecer un esquema colaborativo de compras que permita lograr mejores condiciones comerciales y logísticas en un entorno marcado por altos precios, demoras en la entrega de insumos, y fragmentación operativa.
Tres etapas para una compra más eficiente
El modelo de negociación aprobado se estructura en tres fases progresivas:
- Primera etapa: negociación de medicamentos de alto costo, especialmente aquellos indicados para enfermedades crónicas y huérfanas.
- Segunda etapa: adquisición de dispositivos médicos como pañales desechables, así como alimentos de propósito médico especial.
- Tercera etapa: negociación de medicamentos genéricos y de bajo costo, que tienen alto volumen de consumo y representan una carga significativa para el sistema.
Cada negociación será colectiva, pero los contratos de compra seguirán siendo individuales. Es decir, cada EPS suscribirá acuerdos directamente con los agentes farmacéuticos, según los términos definidos en la negociación conjunta. Este modelo híbrido busca combinar eficiencia en la escala con responsabilidad operativa individual.
Para garantizar que esta autorización no se traduzca en prácticas restrictivas de competencia, la SIC estableció un marco estricto de seguimiento basado en tres pilares:
- Monitoreo del proceso de negociación colectiva y ejecución contractual individual.
- Evaluación de indicadores de desempeño, como el cumplimiento en la entrega oportuna de medicamentos.
- Análisis del impacto financiero y de abastecimiento para verificar si el acuerdo contribuye efectivamente a contener el gasto farmacéutico.
Además, la SIC recordó que cualquier EPS no intervenida podrá adherirse al modelo, siempre que cumpla los principios de transparencia, trazabilidad y objetividad definidos en el marco normativo.
Soporte técnico y antecedentes normativos
Previo a la autorización, la Superintendencia realizó un trámite administrativo completo que incluyó:
- Solicitudes de información a las EPS solicitantes.
- Conceptos técnicos del Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud.
- Evaluación del acuerdo frente a normas de competencia (Circular Única de la SIC).
- Referencias a experiencias internacionales en compra centralizada en países como China, México y Países Bajos.

También se determinó que el sector de tecnologías en salud, que incluye medicamentos, dispositivos y alimentos especiales, califica como sector básico de la economía, por su relación directa con el bienestar colectivo y su efecto transversal sobre otros sectores productivos.
El acuerdo tendrá inicialmente una vigencia de un año, prorrogable. De acuerdo con la resolución, las EPS podrán utilizar los ahorros obtenidos a través de esta estrategia para:
- Cubrir deudas acumuladas.
- Prevenir pasivos futuros.
- Invertir en mejoras tecnológicas y de calidad asistencial.
- Fortalecer procesos internos para garantizar mayor eficiencia institucional.
De esta manera, el modelo no solo busca beneficios económicos inmediatos, sino también una reconfiguración estructural de las operaciones de las EPS intervenidas.
Una apuesta por eficiencia, equidad y sostenibilidad
“La aprobación de este acuerdo reafirma que el modelo constitucional colombiano de economía social de mercado permite compatibilizar el interés público con el respeto a las garantías individuales”, subrayó la Superintendencia. La resolución insiste en que la política pública en salud debe implementarse con criterios técnicos, eficiencia operativa y justicia distributiva.
Con más de 70 millones de personas afiliadas al sistema de salud y un gasto creciente en medicamentos, cerca del 92% de origen importado, esta autorización marca un punto de inflexión en la forma como Colombia puede enfrentar sus crisis de abastecimiento y sostenibilidad financiera. Si se ejecuta correctamente, el modelo podría abrir la puerta a una nueva era de compras colaborativas reguladas, con beneficios medibles para pacientes, entidades y el sistema en su conjunto.
Descargue aquí la resolución completa de la SIC: